CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

HERM CHILE SpA

CVE 2471885
Fecha instrumento
22 de marzo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de marzo de 2024
Repertorio
1312-2024
Notario
ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
Domicilio
EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Su domicilio será la ciudad de Santiago
Duración
La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto a) La compra, venta, importación, exportación, arriendo, distribución y comercialización de equipos y en general de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; b) Prestación de servicios de representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena; c) Prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales a empresas o sociedades nacionales o extranjeras, en especial en el rubro de la Construcción, Minería, Industria, Energías Renovables, Logísticas, Proyectos Sustentables, entre otros; d) La realización de asesorías financieras, de gestión, inmobiliarias e inversiones dirigidas tanto a personas naturales como jurídicas; e) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes, tanto muebles como inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, predios agrícolas, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de estas; f) En general, toda actividad o negocio relacionado directa o indirectamente con lo antes señalado, como también, toda clase de operaciones comerciales, civiles o industriales que determinen los

Administración

La sociedad será administrada y representada por un administrador designado mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción de las sociedad en el registro de comercio por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto.- No será incompatible la calidad de accionista con la de administrador.- Él administrador que se designe, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, y contratos que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines.- Don Michael Milanello, será quien administre la presente sociedad por acciones, quien actuará, ya sea directamente o a través de mandatarios debidamente facultados, quienes administrarán y representará a la sociedad con las facultades establecidas en el artículo octavo de este estatuto.- Por esta única vez no será necesario tomar razón de esta designación al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, ni será necesaria la certificación del Notario, dispuestos en el artículo octavo de los estatutos sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, abogado y Notario Público, suplente de EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Mac-Iver 225 oficina 302, Santiago, certifica: que con fecha 21 de marzo de 2024, repertorio N°1312-2.024.-, ante mí, don Michael Milanello, Constructor Civil, Divorciado, Alemán, cédula nacional de identidad para extranjeros número catorce millones cuatrocientos cincuenta mil ciento setenta y uno guion tres,domiciliado en Los Maitenes Número quince mil novecientos cincuenta, Casa cuarenta y ocho, comuna de Colina, Región Metropolitana, Chile, constituyó una sociedad por acciones al monto de su aporte; RAZÓN SOCIAL: establézcasela sociedad por acciones con la denominación “HERM CHILE SpA”, pudiendo usarse válidamente, para todos los efectos legales, comerciales, bancarios, y de publicidad el nombre de fantasía “HERM CHILE”. - OBJETO: La sociedad tendrá por objeto a) La compra, venta, importación, exportación, arriendo, distribución y comercialización de equipos y en general de toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales; b) Prestación de servicios de representación o agencia de toda clase de empresas o sociedades nacionales o extranjeras. La sociedad podrá desarrollar las actividades antes indicadas actuando por cuenta propia o ajena; c) Prestación de todo tipo de servicios y asesorías profesionales a empresas o sociedades nacionales o extranjeras, en especial en el rubro de la Construcción, Minería, Industria, Energías Renovables, Logísticas, Proyectos Sustentables, entre otros; d) La realización de asesorías financieras, de gestión, inmobiliarias e inversiones dirigidas tanto a personas naturales como jurídicas; e) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes, tanto muebles como inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, predios agrícolas, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de estas; f) En general, toda actividad o negocio relacionado directa o indirectamente con lo antes señalado, como también, toda clase de operaciones comerciales, civiles o industriales que determinen los socios. Para el cumplimiento del objeto señalado, la sociedad podrá actuar por cuenta propia, ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. CAPITAL Y ACCIONES: El capital social es la suma de tres millones de pesos,dividido y representado en tres mil acciones nominativas, de igual valor, de una misma y única serie y sin valor nominal, que queda suscrito y pagado de la siguiente manera: a) don Michael Milanello quien suscribe tres mil acciones y que enterará a la caja social en el plazo de hasta cinco años desde la fecha de la presente escritura.- DURACIÓN: La sociedad empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de cinco años, renovables tácita y sucesivamente, por períodos iguales.- ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada y representada por un administrador designado mediante escritura pública inscrita al margen de la inscripción de las sociedad en el registro de comercio por el o los accionistas titulares de, a lo menos, la mayoría absoluta de las acciones emitidas con derecho a voto.- No será incompatible la calidad de accionista con la de administrador.- Él administrador que se designe, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, y contratos que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines.- Don Michael Milanello, será quien administre la presente sociedad por acciones, quien actuará, ya sea directamente o a través de mandatarios debidamente facultados, quienes administrarán y representará a la sociedad con las facultades establecidas en el artículo octavo de este estatuto.- Por esta única vez no será necesario tomar razón de esta designación al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, ni será necesaria la certificación del Notario, dispuestos en el artículo octavo de los estatutos sociales.- DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Santiago. Demás estipulaciones constanen escritura extractada. Santiago 22 de marzo de 2024.