Instrumento
- Fecha
- 18 de marzo de 2024
- Notario
- Álvaro Carvallo Castillo
- Oficio
- Quinta Notaría de Rancagua
- Comuna
- Rancagua
Sociedad
- Capital
- $8.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de Rancagua, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
a) Transporte urbano e interurbano, nacional e internacional de cargas, encomiendas y fletes, así como de personas; por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros, y en general, toda clase actividades relacionadas con el transporte; b) Transporte de abarrotes, mercaderías, productos elaborados, materias primas , animales y de cualquier tipo de bienes muebles; c) La compraventa y)o arriendo de automóviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de pasajeros y bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y)o la realización de cualquier actividad lucrativa vinculada, directa o indirectamente, con los objetos señalados, y; en general, toda actividad o prestación anexa o relacionada directa o indirectamente con los anteriores, o con el giro de la sociedad; la importación, elaboración, compra, venta y distribución de toda clase de materia prima, productos, maquinaria, elementos o insumos que fueren necesarios para el cumplimiento del objeto social, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos, contratos u operaciones que estén destinadas al cumplimiento de dicho objetivo. El objeto lo podrá desarrollar en el territorio nacional o extranjero, pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros. En general podrá desarrollar todo tipo de actividades que acuerden los socios para la consecución de dicho objeto la sociedad podrá asociarse de cualquier forma tanto con personas naturales como con personas jurídicas. Con todo, podrá la sociedad realizar cualquier otra actividad relacionada o no con el objeto principal que los accionistas acuerden emprender
Administración
Corresponderá al Administrador de la sociedad, siendo este don FRANCISCO JAVIER BUSTAMANTE ZAMORANO, con facultades indicadas en escritura social.- DISOLUCION: Según causales previstas en escritura social.- DIVIDENDOS: De conformidad a escritura social
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalÁlvaro Carvallo Castillo, abogado, Notario Público Interino de la Quinta Notaría de Rancagua, con oficio en avenida José de San Martín Nº 255, comuna de Rancagua, certifico que: Por escritura de fecha 18 de marzo de 2024, ante mí, doña CONSTANZA JAVIERA BUSTAMANTE BRAVO, chilena, soltera, enfermera, cédula nacional de identidad número 18.015.611-9, domiciliada en calle Condell número 930, comuna de Rancagua; doña HILDA INES BRAVO RIVERA, chilena, casada y separada de bienes, empresaria, cédula nacional de identidad número 8.234.933-2, domiciliada en calle Condell número 930, comuna de Rancagua; y don FRANCISCO JAVIER BUSTAMANTE ZAMORANO, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional de identidad número 7.427.464-1, domiciliado en calle Condell número 930, comuna de Rancagua, constituyeron una sociedad por acciones: RAZON SOCIAL: TRANSPORTES FRAHICO SpA.- DOMICILIO: comuna de Rancagua, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero.- DURACION: Indefinida.- OBJETO: a) Transporte urbano e interurbano, nacional e internacional de cargas, encomiendas y fletes, así como de personas; por cuenta propia o ajena, en vehículos propios o de terceros, y en general, toda clase actividades relacionadas con el transporte; b) Transporte de abarrotes, mercaderías, productos elaborados, materias primas , animales y de cualquier tipo de bienes muebles; c) La compraventa y/o arriendo de automóviles nuevos o usados, repuestos, motores, accesorios y demás; todo lo relacionado, de cualquiera forma, en la actualidad o en el futuro, con el flete, traslado y transporte de pasajeros y bienes de toda clase y su embalaje, incluyendo las gestiones portuarias y aduaneras, en su caso; y/o la realización de cualquier actividad lucrativa vinculada, directa o indirectamente, con los objetos señalados, y; en general, toda actividad o prestación anexa o relacionada directa o indirectamente con los anteriores, o con el giro de la sociedad; la importación, elaboración, compra, venta y distribución de toda clase de materia prima, productos, maquinaria, elementos o insumos que fueren necesarios para el cumplimiento del objeto social, pudiendo celebrar y ejecutar toda clase de actos, contratos u operaciones que estén destinadas al cumplimiento de dicho objetivo. El objeto lo podrá desarrollar en el territorio nacional o extranjero, pudiendo actuar por cuenta propia o de terceros. En general podrá desarrollar todo tipo de actividades que acuerden los socios para la consecución de dicho objeto la sociedad podrá asociarse de cualquier forma tanto con personas naturales como con personas jurídicas. Con todo, podrá la sociedad realizar cualquier otra actividad relacionada o no con el objeto principal que los accionistas acuerden emprender.- CAPITAL: $8.000.000.-, dividido en 800 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, totalmente suscritos y pagados de la siguiente forma: a) Doña HILDA INES BRAVO RIVERA suscribe 240 acciones y paga el valor de éstas la suma ascendente a $2.400.000.-, de contado y en dinero efectivo, que ingresa a la caja social. b) doña CONSTANZA JAVIERA BUSTAMANTE BRAVO suscribe 80 acciones y paga el valor de éstas ascendente a $800.000.-, de contado y en dinero efectivo, que ingresa a la caja social; y c) don FRANCISCO JAVIER BUSTAMANTE ZAMORANO, suscribe 480 acciones y paga el valor de éstas la suma ascendente a $4.800.000.-, de contado y en dinero efectivo, que ingresa a la caja social.- ADMINISTRACION: Corresponderá al Administrador de la sociedad, siendo este don FRANCISCO JAVIER BUSTAMANTE ZAMORANO, con facultades indicadas en escritura social.- DISOLUCION: Según causales previstas en escritura social.- DIVIDENDOS: De conformidad a escritura social.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Rancagua, 21 de marzo de 2024.