CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE PROFESIONALES SERRANO ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2471053
Capital
$400.000 CLP
Fecha instrumento
4 de marzo de 2024
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
4 de marzo de 2024
Notario
SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA
Domicilio
WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ

Sociedad

Capital
$400.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
La sociedad comenzó a funcionar con esta fecha y durará el término de diez años contados desde esta fecha, renovándose a la expiración del plazo sucesiva y automáticamente por períodos iguales de cinco años cada uno, contados desde el respectivo vencimiento, si ninguno de los socios avisare a los demás su deseo de poner término a la sociedad, mediante un aviso otorgado por escritura pública anotada al margen de la inscripción de comercio de la Sociedad con una anticipación mínima de seis meses al respectivo vencimiento, aviso que podrá ser retirado o dejado sin efecto por acuerdo de los socios mientras no se cumpla el término de vencimiento de la Sociedad

Objeto social

El objeto de la sociedad será A).- Efectuar prestación de servicios en el área legal, educacionales, asesoría de empresa, y toda clase de juicios, así como el desarrollo de proyectos, por cuenta propia o de terceros, en los rubros señalados precedentemente, pudiendo la sociedad realizar cualquier otro objeto que los socios así lo acuerden. Para llevar a cabo los objetivos indicados, la sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos, incluso formar sociedades e ingresar a ellas. B).- Efectuar toda clase de inversiones y actos en bienes raíces, su compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título o modo, su administración y explotación en forma de arriendos o cualquier otra, otorgar contrato de construcción, reparación, transformación y toda clase de obras en bienes raíces; C).- Efectuar toda clase de inversiones en otras sociedades o empresas valores mobiliarios, acciones, bonos y otros documentos de cualquier tipo, o bienes de valor como cuadros, antigüedades y otros. Se entenderán comprendidos dentro del giro social todos los actos, contratos y negocios que se relacionen con él directa o indirectamente, y todos los que sean necesarios para el mejor desenvolvimiento de las actividades sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SERGIO DANIEL ULLOA OJEDA, Abogado, Notario Público Suplente de WLADIMIR ALEJANDRO SCHRAMM LÓPEZ, Abogado, Notario Público Titular de la N°49 notaria de Santiago, con oficio en Amunategui N°73, comuna de Santiago, Certifico: que por escritura del 31 de enero del 2024 ante el titular, CLAUDIO ANTONIO AGÜERO SEPÚLVEDA, y don CAMILO ESTEBAN AGÜERO SEPÚLVEDA, ambos domiciliados en Agustinas N°1442, oficina 308, comuna de Santiago, constituyen sociedad de profesionales de responsabilidad limitada. DOMICILIO: Santiago. OBJETO: El objeto de la sociedad será A).- Efectuar prestación de servicios en el área legal, educacionales, asesoría de empresa, y toda clase de juicios, así como el desarrollo de proyectos, por cuenta propia o de terceros, en los rubros señalados precedentemente, pudiendo la sociedad realizar cualquier otro objeto que los socios así lo acuerden. Para llevar a cabo los objetivos indicados, la sociedad podrá celebrar toda clase de actos y contratos, incluso formar sociedades e ingresar a ellas. B).- Efectuar toda clase de inversiones y actos en bienes raíces, su compra, venta, adquisición y enajenación a cualquier título o modo, su administración y explotación en forma de arriendos o cualquier otra, otorgar contrato de construcción, reparación, transformación y toda clase de obras en bienes raíces; C).- Efectuar toda clase de inversiones en otras sociedades o empresas valores mobiliarios, acciones, bonos y otros documentos de cualquier tipo, o bienes de valor como cuadros, antigüedades y otros. Se entenderán comprendidos dentro del giro social todos los actos, contratos y negocios que se relacionen con él directa o indirectamente, y todos los que sean necesarios para el mejor desenvolvimiento de las actividades sociales. RAZON SOCIAL: Será “SOCIEDAD DE PROFESIONALES SERRANO ABOGADOS Y COMPAÑÍA LIMITADA”, o “SERRANO ABOGADOS Y COMPAÑÍA LTDA.” o el de “SERRANO Y COMPAÑÍA LTDA.”, para todos los fines legales, comerciales y de publicidad, incluso ante los bancos y entidades privadas y fiscales. ADMINISTRACION Y USO RAZÓN SOCIAL: El uso de la razón social y administración de la sociedad con las más amplias facultades corresponderá al socio Claudio Agüero Sepúlveda, y a falta de éste, y sin necesidad de justificar ante terceros la causa de la falta, corresponderá al socio Camilo Agüero Sepúlveda, con iguales facultades a los restantes y futuros socios, quienes para obligar a la sociedad y representarla deberán anteponer a su firma personal la razón social, esto es: la expresión “Serrano Abogados & Compañía Ltda.”. Actuando en esta forma el socio administrador queda facultado para representar a la sociedad ante cualquier persona natural o jurídica. CAPITAL: $400.000, que los socios aportaran en partes iguales en el plazo de cuatro años a contar de esta fecha. Responsabilidad de los socios limitada monto aportes respectivos. PLAZO: La sociedad comenzó a funcionar con esta fecha y durará el término de diez años contados desde esta fecha, renovándose a la expiración del plazo sucesiva y automáticamente por períodos iguales de cinco años cada uno, contados desde el respectivo vencimiento, si ninguno de los socios avisare a los demás su deseo de poner término a la sociedad, mediante un aviso otorgado por escritura pública anotada al margen de la inscripción de comercio de la Sociedad con una anticipación mínima de seis meses al respectivo vencimiento, aviso que podrá ser retirado o dejado sin efecto por acuerdo de los socios mientras no se cumpla el término de vencimiento de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 4 marzo de 2024.