JAVIERA OPORTUS PILATES & BIENESTAR SpA
Instrumento
- Fecha
- 14 de marzo de 2024
- Notario
- JUAN ESPINOSA BANCALARI
- Domicilio
- O´Higgins 528
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero
- Duración
- 5 años a contar de la fecha de escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, en la forma indicada en escritura extractada
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Uno. La promoción, práctica y enseñanza especializada de actividades relacionadas al bienestar del cuerpo humano, pilates, yoga y sus derivados o símiles. Así como la difusión de sus valores, beneficios y prácticas, Dos. La sociedad podrá desarrollar actividades relacionadas, tales como clases, talleres, seminarios o conferencias; y, Tres. La compra y venta de artículos deportivos relacionados al desarrollo de actividades de pilates, yoga y sus derivados, así como de todos los artefactos necesarios para el desarrollo de dichas actividades. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el cumplimiento de los objetos específicos anteriores
Administración
La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá separada e indistintamente a JAVIERA PAZ OPORTUS MOLINA y a VERÓNICA PAZ MOLINA CAMPBELL cédula nacional de identidad número 8.494.672-9, con las facultades indicadas en escritura extractada. Responsabilidad de la accionista limitada al monto de su respectivo
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN ESPINOSA BANCALARI, Notario Público, O´Higgins 528, Concepción, certifico: Que, por escritura pública de fecha 14 de marzo de 2024, Rep. N°886, ante mi: JAVIERA PAZ OPORTUS MOLINA, domiciliada en Leonardo Da Vinci 7.500 departamento 401 B, comuna Las Condes, Santiago, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Nombre: JAVIERA OPORTUS PILATES & BIENESTAR SpA, pudiendo usar para todos los efectos legales, indistintamente el nombre de fantasía OHANA WELLNESS CLUB SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno. La promoción, práctica y enseñanza especializada de actividades relacionadas al bienestar del cuerpo humano, pilates, yoga y sus derivados o símiles. Así como la difusión de sus valores, beneficios y prácticas, Dos. La sociedad podrá desarrollar actividades relacionadas, tales como clases, talleres, seminarios o conferencias; y, Tres. La compra y venta de artículos deportivos relacionados al desarrollo de actividades de pilates, yoga y sus derivados, así como de todos los artefactos necesarios para el desarrollo de dichas actividades. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. En general, la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos necesarios o conducentes para el cumplimiento de los objetos específicos anteriores. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Duración: 5 años a contar de la fecha de escritura extractada, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, en la forma indicada en escritura extractada. Capital: $1.000.000 dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, cada una de igual valor, íntegramente suscrito y pagado por JAVIERA PAZ OPORTUS MOLINA. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá separada e indistintamente a JAVIERA PAZ OPORTUS MOLINA y a VERÓNICA PAZ MOLINA CAMPBELL cédula nacional de identidad número 8.494.672-9, con las facultades indicadas en escritura extractada. Responsabilidad de la accionista limitada al monto de su respectivo aporte. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 20 de marzo de 2024.