CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

SOCIEDAD GATRONÓMICA IBIZA SpA

RUT 8805409-1 CVE 2469243
Capital
$70.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de marzo de 2024
Notaría
Chillán

Instrumento

Fecha
18 de marzo de 2024
Repertorio
316
Notario
JANINA LORENA RODRÍGUEZ CORTÉS
Oficio
Sexta Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$70.000.000 CLP

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
SERGIO ARMANDO CANALES SALINAS socio 8805409-1
RAFAEL LEONARDO QUEZADA MARTÍNEZ socio 6667851-2

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JANINA LORENA RODRÍGUEZ CORTÉS, Abogado, Notario Público, Titular de la Sexta Notaría de Chillán, domiciliada en calle Constitución 644 Chillán, CERTIFICO: Por escritura pública repertorio N°316, de fecha 18 de marzo de 2024, ante mí, SERGIO ARMANDO CANALES SALINAS, Cédula Nacional de Identidad N° 8.805.409-1, independiente, casado, chileno, domicilio Región de Ñuble, Comuna de San Carlos, calle General Venegas N° 876, y don RAFAEL LEONARDO QUEZADA MARTÍNEZ, Cédula Nacional de Identidad N 6.667.851-2; chileno, casado, empresario, domicilio Región de Ñuble, comuna de San Carlos, Calle Independencia N° 1.120; constituyen Sociedad por Acciones. Nombre “SOCIEDAD GATRONÓMICA IBIZA SpA”, nombre de fantasía “IBIZA RESTOBAR SpA”.- Domicilio será la comuna de San Carlos, pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero.- La sociedad tendrá por objeto o giro; uno) Preparación, elaboración, envasado y distribución de todo tipo de productos alimenticios; dos) concesión de casinos, preparación de manifestaciones y banquetes y producción de eventos en general, sea en locales propios o ajenos; tres) la instalación, administración y desarrollo de fábricas o establecimientos de comidas preparadas en su más variados y diversos tipos; cuatro) Fabricación, comercialización y distribución de diversos y variados producto alimenticios, sean de origen nacional o extranjero; cinco) enseñanza de cursos de cocina nacional o internacional; seis) la compra, venta, distribución, consignación, importación, publicidad, promoción de productos de cocina de la más variada naturaleza, muebles, maquinarias, implementos, equipos, ornato y productos comestibles; siete) La producción de eventos de distinta naturaleza culinaria, concurso gastronómicos, festivales, musicales, y en consecuencia, la implementación de toda la estructura asociada a ellos, tanto material como humana; ocho) construcción, instalación, explotación, tomar y dar en arrendamiento establecimientos de restaurante, bar y centro de eventos, o cualquiera clase de establecimientos público, donde se sirvan comidas preparadas y bebidas alcohólicas y analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; nueve) Realizar cualquiera otra actividad que se relacione directa o indirectamente con las anteriores; diez) Podrá la sociedad fusionarse con otras sociedades y empresas, así como toda otra actividad que, directa o indirectamente conlleve al cumplimiento del objeto señalado y todos los demás que los socios acuerden; once) La sociedad podrá realizar todas aquellas materias, rubros, actos, contratos o cualquier actividad relacionada con el objeto principal de la misma, o con el que sea conducente a dichos fines y que se relacione directa o indirectamente, con el giro social y en general, cualquier acto o contrato conducentes a los fines precedentemente indicados, se vincule directa o indirectamente con las actividades descritas o que los accionistas, constituyentes o socios acuerden expresamente realizar.- La sociedad tendrá una duración de 3 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años.- El capital de la sociedad es la suma de $70.000.000.-, dividido en 140 acciones ordinarias, nominativas, sin valor nominal, todas de una misma serie e igual valor, de tal manera que cada acción dará derecho a un voto. Capital enteramente suscrito y pagado.- La sociedad será administrada por SERGIO ARMANDO CANALES SALINAS y por don RAFAEL LEONARDO QUEZADA MARTÍNEZ, indistintamente, en su calidad de Gerentes Generales conforme lo señalado en los artículos Octavo y Noveno de la escritura de constitución.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Chillán 19 de marzo de 2024.