Instrumento
- Fecha
- 15 de marzo de 2024
- Notario
- ANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO
- Domicilio
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios y asesorías profesionales en las áreas de la Ingeniería Civil y del Transporte, la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; y la asesoría en relación con tales labores; b) importación, exportación, intermediación y otras operaciones con juguetes, juegos y entretenimientos de toda clase, pasatiempos, colecciones, artesanías y otros para entretención, didácticos, juegos; y uso del tiempo libre, de bebés, niños y adultos; c) La administración de bienes de la sociedad, de los socios o de terceros, personas naturales o jurídicas, comunidades inmobiliarias, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales, como acciones y debentures, depósitos a la vista o a plazo, y cualquier efecto de comercio, y en general realizar todas las acciones que la ley permita para la buena administración de los bines, cosas, fondos y efectos encomendados; d) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. e) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden
Administración
corresponderá a María Francisca Caruz Toro, quien actuará de conformidad a facultades indicadas en artículo undecimo de escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANTONIETA MARINA ROJAS PONTIGO, abogado y Notario Público, suplente de EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Mac-Iver 225 oficina 302, Santiago, certifica: Por escritura pública, hoy ante mi, MARIA FRANCISCA CARUZ TORO, chilena, casada y separada de bienes, psicóloga, cédula nacional de identidad número 15.382.528-9, domiciliado para estos efectos en calle Estoril número doscientos, oficina novecientos veintiocho, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyen Sociedad Por Acción. Nombre: INVERSIONES RUPANCO SpA, nombre de fantasía de "RUPANCO SpA". Objeto: El objeto de la sociedad será: a) la prestación de servicios y asesorías profesionales en las áreas de la Ingeniería Civil y del Transporte, la contratación de servicios para terceros y la contratación de personal para terceros; y la asesoría en relación con tales labores; b) importación, exportación, intermediación y otras operaciones con juguetes, juegos y entretenimientos de toda clase, pasatiempos, colecciones, artesanías y otros para entretención, didácticos, juegos; y uso del tiempo libre, de bebés, niños y adultos; c) La administración de bienes de la sociedad, de los socios o de terceros, personas naturales o jurídicas, comunidades inmobiliarias, cosas muebles o inmuebles, urbanos o rurales, corporales o incorporales, como acciones y debentures, depósitos a la vista o a plazo, y cualquier efecto de comercio, y en general realizar todas las acciones que la ley permita para la buena administración de los bines, cosas, fondos y efectos encomendados; d) la inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. e) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas; formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas; la compraventa, importación, exportación, distribución, consignación, representación o intermediación en cualquiera clase de cambio de dominio o de sus atributos, en relación con cualquier clase de bienes; y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden.. Capital: $1.000.000 pesos.- dividido 1000 acciones nominativas, misma serie y sin valor nominal, suscritas y pagadas acto constitución en dinero efectivo siguiente forma: María Francisca Caruz Toro suscribe y paga en este acto mil acciones lo que equivale al 100% del capital social, enterándose con ello la suma de $1.000.000 pesos. Quedando en este acto totalmente suscrito y pagado el total del capital social. Administración y Uso de la Razón Social: corresponderá a María Francisca Caruz Toro, quien actuará de conformidad a facultades indicadas en artículo undecimo de escritura extractada. Duración: Indefinida. Domicilio: Santiago. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 15 de marzo 2024.