MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ERM Limitada

RUT 77427973-3 CVE 2469272
Capital
$7.733 CLP
Fecha instrumento
26 de febrero de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
26 de febrero de 2024
Repertorio
2935-2024
Notario
IVÁN TORREALBA ACEVEDO
Oficio
33ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$7.733 CLP
Duración
50 años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se entenderá tácita y sucesivamente renovado por períodos iguales y sucesivos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del período que estuviere en curso, mediante declaración que en ese preciso sentido deberá extender por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 1 año a la fecha de término del período vigente
Ley aplicable
Ley 19.499

Objeto social

Uno) La celebración de todos los actos y contratos cuyo objeto sea la adquisición, compra, venta, arriendo, uso, goce, disposición, comercialización, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, mantención, reparación, readecuación, remodelación y transformación de edificios, viviendas, obras viales, industriales, marítimas y civiles y, en general, de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. Dos) La compra, venta, cesión e inversión en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase tales como acciones y bonos, la inversión de toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Tres) Formar, constituir y)o efectuar inversiones en la propiedad de otras sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones, sean nacionales o extranjeras, sean éstas o no de su misma especie o giro, participando en calidad de socia o administradora de dichas entidades, de las que podrá obtener rentas; o desarrollar sus fines sociales. Cuatro) La asesoría y prestación de servicios profesionales en la organización, evaluación y análisis de proyectos e inversiones inmobiliarias, de construcción, y comerciales; la prestación de asesorías en materias administrativas, comerciales, financieras y legales en los rubros antes indicados. Quinto) Ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que fuere necesario o conveniente al cumplimiento del objeto social; y en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores

Administración

La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de su razón social será ejercida por doña Eliana del Carmen Rosales Balanda y don Eduardo Francisco Rosales Balanda, quienes actuando uno cualesquiera de ellos por sí solo y anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, podrán representarla con las más amplias facultades de administración y disposición

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ERM Limitada socio 77427973-3

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

IVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público Titular de la 33ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública otorgada en esta misma notaría, ante mí, con fecha 26 de febrero de 2024, bajo el número de repertorio 2.935-2024, Eliana Rosales e Hijos Limitada; Cecilia R.B. e Hijos Limitada; Sociedad de Inversiones Don Juan Limitada; y Sociedad de Inversiones San Yayo Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Granja Eliana, sin número, sector San Ramón, Coquimbo, en su calidad de únicos socios de ERM Limitada, RUT 77.427.973-3, sociedad inscrita a fojas 363 número 191 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coquimbo correspondiente al año 2021 (en adelante la “Sociedad”), acordaron: (i) sanear de conformidad con la Ley 19.499 la escritura de constitución, otorgada con fecha 1 de junio de 2021 en la notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, en el sentido de reemplazar la razón social de la Sociedad por la siguiente: ““ERM Inmobiliaria Limitada”, pudiendo usar para fines publicitarios y ante los bancos, la abreviación “ERM Inmobiliaria Ltda.”.”; y (ii) como consecuencia de lo anterior, los Socios otorgaron un nuevo texto refundido de los estatutos de la Sociedad, cuyas menciones de extracto son las siguientes: Razón Social: “ERM Inmobiliaria Limitada”, pudiendo usar para fines publicitarios y ante los bancos, la abreviación “ERM Inmobiliaria Ltda.”. Socios: Eliana Rosales e Hijos Limitada; Cecilia R.B. e Hijos Limitada; Sociedad de Inversiones Don Juan Limitada; y Sociedad de Inversiones San Yayo Limitada, todos domiciliados para estos efectos en Granja Eliana, sin número, sector San Ramón, Coquimbo. Objeto: Uno) La celebración de todos los actos y contratos cuyo objeto sea la adquisición, compra, venta, arriendo, uso, goce, disposición, comercialización, loteo, subdivisión, construcción, urbanización, mantención, reparación, readecuación, remodelación y transformación de edificios, viviendas, obras viales, industriales, marítimas y civiles y, en general, de toda clase de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena. Dos) La compra, venta, cesión e inversión en bienes muebles, corporales o incorporales de toda clase tales como acciones y bonos, la inversión de toda clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Tres) Formar, constituir y/o efectuar inversiones en la propiedad de otras sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones, sean nacionales o extranjeras, sean éstas o no de su misma especie o giro, participando en calidad de socia o administradora de dichas entidades, de las que podrá obtener rentas; o desarrollar sus fines sociales. Cuatro) La asesoría y prestación de servicios profesionales en la organización, evaluación y análisis de proyectos e inversiones inmobiliarias, de construcción, y comerciales; la prestación de asesorías en materias administrativas, comerciales, financieras y legales en los rubros antes indicados. Quinto) Ejecutar todas las operaciones o negocios que tengan relación directa o indirecta con su objeto o que fuere necesario o conveniente al cumplimiento del objeto social; y en general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los objetivos anteriores. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de su razón social será ejercida por doña Eliana del Carmen Rosales Balanda y don Eduardo Francisco Rosales Balanda, quienes actuando uno cualesquiera de ellos por sí solo y anteponiendo a su firma el nombre de la sociedad, podrán representarla con las más amplias facultades de administración y disposición. Capital: $7.733.920 que los socios han aportado y pagado íntegramente en las siguientes proporciones: /a/ Eliana Rosales e Hijos Limitada, la suma de $1.933.480, equivalentes al 25% del capital social; /b/ Cecilia R.B. e Hijos Limitada, la suma de $1.933.480, equivalentes al 25% del capital social; c) Sociedad de Inversiones Don Juan Limitada, la suma de $1.933.480, equivalentes al 25% del capital social; y d) Sociedad de Inversiones San Yayo Limitada, la suma de $1.933.480, equivalentes al 25% del capital social. Duración: 50 años contados desde la fecha del presente instrumento, plazo que se entenderá tácita y sucesivamente renovado por períodos iguales y sucesivos de 10 años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término a la expiración del período que estuviere en curso, mediante declaración que en ese preciso sentido deberá extender por escritura pública anotada al margen de la inscripción social con una anticipación mínima de 1 año a la fecha de término del período vigente. Demás estipulaciones, constan en escritura extractada. Santiago, 7 de marzo de 2024.