NETV SpA
Instrumento
- Fecha
- 19 de enero de 2024
- Repertorio
- 134
- Notario
- EDUARDO FUENZALIDA ROBLEDO
- Oficio
- Quinta Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEDUARDO FUENZALIDA ROBLEDO, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de San Miguel, con oficio en Avenida José Miguel Carrera N°4410, comuna de San Miguel, certifica: Por escritura pública de fecha 19 de enero del año 2024, Repertorio N°134, ante mí, don CLAUDIO DAVID SOTO MORENO, chileno, casado, empresario, domiciliado en Santa Fe N°580, comuna de San Miguel, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, cédula nacional de identidad N°15.455.817-9, sanearon la sociedad NETV SpA, R.U.T N°76.673.723-4, constituida con fecha 04 de Noviembre de 2016, ante el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades del Tamaño y migrada al Régimen General, según consta en certificado digital de Migración al Régimen General, el cual se inscribió a Fojas 132 N°71 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de San Miguel correspondiente al año 2019, y de la cual con fecha 24 de junio de 2019, el compareciente celebró un acuerdo de accionistas, ante el Notario Público don francisco José Hollmann Ovalle, anotado con el repertorio número 576 en la cual su único objeto fue acordar la modificación el artículo sexto del Titulo Tercero: de la administración Social, del estatuto social, en el sentido que la sociedad será administrada por un Gerente General, cuya designación correspondió a don CLAUDIO DAVID SOTO MORENO, cédula nacional de identidad N°15.455.817-9, quien representará a la sociedad con todas las facultades señaladas en el acuerdo previamente señalado que se da por reducido para todos sus efectos legales, dicha modificación NO fue inscrita ni publicada dentro del plazo legal por dicho motivo el compareciente sanea dicha modificación y por el presente instrumento se procede a sanear el vicio formal que afecta a la modificación de fecha 24 de junio de 2019, debiéndose inscribir y publicar el presente extracto dentro del plazo legal. Demás estipulaciones en la escritura extractada. San Miguel, 19/01/2024. EFR.