Instrumento
- Notario
- de marzo del dos mil veinticuatro ante don DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS
- Domicilio
- titular
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Duración
- Tendrá duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogable tácita y sucesivamente por periodos iguales. Queda vigente el pacto social
Administración
La administración será ejercida de acuerdo con lo dispuesto y señalado en el artículo quinto de estos Estatutos por don GUSTAVO ADOLFO CARVAJAL VALDÉS
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS CUEVAS OSSANDON, abogado, Notario Titular de la VI Notaría de Iquique, con oficio en Luis Uribe N°330, CERTIFICA: Que, por escritura pública de fecha 01 de marzo del dos mil veinticuatro ante don DAVID ANTONIO TORO IGLESIAS, abogado, Notario Público Suplente del titular, don FRANCISCO LORENZO ANTONIO CARVAJAL VALDÉS, domiciliado en esta ciudad en Calle Chipana número dos mil cuarenta, departamento número seiscientos dos, de la Torre Tres, de la comuna y ciudad de Iquique; y don GUSTAVO ADOLFO CARVAJAL VALDÉS, domiciliado en esta ciudad en Calle Chipana número dos mil cuarenta, departamento número seiscientos dos, de la Torre Tres, de la comuna y ciudad de Iquique; constituyeron la Sociedad por Acciones denominada “INMOBILIARIA E INVERSIONES FRAVIGUS SpA”, y su nombre de fantasía “FRAVIGUS SpA”, cuyo objeto será de inversiones de toda clase de bienes muebles e inmuebles, compra y venta y enajenación de todo tipo de créditos, acciones y valores mobiliarios, administración por cuenta propia o ajena de todo tipo de muebles o inmuebles, corporales e incorporales, constituir garantías de todo tipo sobre los bienes de la sociedad, la formación de sociedades de cualquier tipo e incorporarse a cualquier otra. Administración: La administración será ejercida de acuerdo con lo dispuesto y señalado en el artículo quinto de estos Estatutos por don GUSTAVO ADOLFO CARVAJAL VALDÉS. Capital: El capital social, según se establece en el artículo segundo del presente Estatuto, es de Trescientos diez millones de pesos, divididos en diez mil acciones sin valor nominal, que se suscriben en este acto, y son enteradas en este acto. Duración: Tendrá duración de cinco años a contar de esta fecha, prorrogable tácita y sucesivamente por periodos iguales. Queda vigente el pacto social. Demás estipulaciones, constan en escritura pública extractada. Iquique, 14 marzo del 2024.-