IDESEC SpA
Instrumento
- Fecha
- 8 de marzo de 2024
- Repertorio
- 2845/2024
- Notario
- Luis Ignacio Manquehual Mery
- Oficio
- Octava Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
Objeto social
i) efectuar todo tipo de asesorías y consultorías profesionales, incluyendo la prestación de servicios comerciales; (ii) la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, la administración de dichos bienes, en Chile y en el extranjero; y (iii) en general, la realización de inversiones y cualquier tipo de actividades civiles o comerciales relacionados con los ya mencionados, o con los que acuerden los accionistas”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular, Octava Notaría de Santiago, calle Huérfanos N°941, local 302, comuna y ciudad de Santiago, certifico que: por Junta Extraordinaria de Accionistas de IDESEC SpA, celebrada con fecha 26 de febrero de 2024, y reducida a escritura pública con esta misma fecha en la Notaría de Santiago de don Luis Ignacio Manquehual Mery, repertorio N° 2845/2024, acordaron lo siguiente: i)Aumentar el capital desde la suma de $1.000.000 a la suma de $940.510.000. Capital Suscrito y Pagado: $1.000.000;yii) Modificar el objeto social, modificando el artículo Tercero del estatuto social por el siguiente: “Artículo Tercero: La Sociedad tendrá por objeto: i) efectuar todo tipo de asesorías y consultorías profesionales, incluyendo la prestación de servicios comerciales; (ii) la realización y administración de inversiones, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, en especial, derechos en sociedades, acciones, bonos, debentures y valores mobiliarios en general, la percepción de sus frutos, la administración de dichos bienes, en Chile y en el extranjero; y (iii) en general, la realización de inversiones y cualquier tipo de actividades civiles o comerciales relacionados con los ya mencionados, o con los que acuerden los accionistas”. Demás estipulaciones no extractables constan en la escritura extractada. Santiago, 8 de marzo de 2024.