SOCIEDAD DE TRANSPORTES PROTRANS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2024
- Notario
- SANEAMIENTO CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL
- Domicilio
- Los Ángeles
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSANEAMIENTO CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL, abogado, Notario Público Titular de Los Ángeles, designado por Ministerio de Justicia y Derechos humanos , según decreto numero ochenta y seis de fecha diecinueve de julio de dos mil veintitrés; con oficio en calle Lautaro trescientos veinticinco local cuatro y cinco, ciudad de Los Angeles, certifico: que por escritura pública de fecha 11 de marzo de 2024, ante mí, don ALVARO ANTONIO ALMENDRAS GARCES, chileno, abogado, C.I.Nº15.205.154-9, casado, domiciliado en San Martin Nº165 A, de la ciudad de Los Ángeles; en virtud de las facultades que le fueran conferidas en la cláusula novena, de la referida escritura de modificación expone que: don LUIS GUILLERMO IBAÑEZ ROYO, cédula de identidad número cinco millones doscientos cincuenta y dos mil trescientos cincuenta y ocho guión tres, empresario, divorciado, domiciliado en Avenida Linares número mil quinientos cuatro, Huepil, comuna de Tucapel y de paso en esta; don FRANCISCO JAVIER ALARCON POBLETE, cédula de identidad número trece millones ochocientos cuarenta y cuatro mil ochocientos dos guión nueve, empresario, casado, domiciliado en esta ciudad de Los Ángeles, Pasaje Las Tulerias número trescientos cinco, Parque Sor Vicenta; don LUIS EMILIO ALARCON GARCIA, cédula de identidad número ocho millones cuatrocientos sesenta y cuatro mil trescientos diecinueve guión K, transportista, casado, domiciliado en Avenida Diego Portales número ciento sesenta y nueve, Canteras, comuna de Quilleco y de paso en esta; y don JOSE ANTONIO FERNANDEZ ALISTER, cédula de identidad número doce millones quince mil setecientos setenta guión uno, ingeniero comercial, casado, domiciliado en Parcela Los Granados, sin número, comuna de Tucapel y de paso en esta, procedieron a modificar la empresa de responsabilidad limitada, “SOCIEDAD DE TRANSPORTES PROTRANS LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar con el nombre de fantasía “PROTRANS LTDA”,.- PRIMERO: “SOCIEDAD DE TRANSPORTES PROTRANS LIMITADA”, pudiendo funcionar y actuar con el nombre de fantasía “PROTRANS LTDA”, inscribiéndose el extracto correspondiente a fojas catorce mil trescientos veintiocho, bajo el número diez mil ochenta y nueve, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año dos mil doce, y publicado del mismo modo en el Diario Oficial en su edición número cuarenta mil ciento noventa y ocho, de fecha veintisiete de febrero del año dos mil doce. A la referida sociedad se le asignó el rol único tributario número setenta y seis millones doscientos mil doscientos tres guión cinco. A su vez con fecha ocho de agosto del año dos mil dieciséis, en esta misma notaria los socios celebraron una primera modificación a la referida sociedad, publicada en el diario oficial con fecha once de agosto del año dos mil dieciséis en su edición número cuarenta y un mil quinientos treinta y uno y cuya inscripción consta a fojas sesenta mil doscientos sesenta y tres, bajo el número treinta y dos mil seiscientos tres, del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. A su vez con fecha veinticuatro de mayo del año dos mil diecisiete, en la Notaria de don Luis Eduardo Solar Bach, notario titular de la ciudad de Los Ángeles los socios celebraron una tercera modificación a la referida sociedad, publicada en el diario oficial con fecha dos de junio del año dos mil diecisiete en su edición número cuarenta y un mil setecientos setenta y tres, cuya inscripción consta a fojas cincuenta y tres mil ochocientos cincuenta, bajo el número veintinueve mil ciento doce, del Registro de Comercio del año dos mil diecisiete, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago. A su vez con fecha veintiuno de enero del año dos mil veinte, en la Notaria de don Sergio Jara Catalán, notario titular de la sesenta y nueve Notaria de Santiago los socios celebraron una cuarta modificación a la referida sociedad, publicada en el diario oficial con fecha dos de junio del año dos mil veinte en su edición número cuarenta y un mil setecientos setenta y tres, cuya inscripción consta a fojas once mil cuatrocientos nueve, bajo el número cinco mil novecientos noventa y ocho, del Registro de Comercio del año dos mil veinte, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago.- A su vez con fecha uno de septiembre del año dos mil veintidós, en la notaría de don Luis Eduardo Solar Bach, notario titular de la ciudad de Los Ángeles, los socios celebraron una quinta modificación a la referida sociedad, publicada en el diario oficial con fecha diez de septiembre del año dos mil veintidós en su edición número cuarenta y tres mil trescientos cincuenta, cuya inscripción consta a fojas setenta y seis mil ciento ochenta y uno, bajo el número treinta y tres mil doscientos veinticuatro, del Registro de Comercio del año dos mil veintidós, que lleva el Conservador de Bienes Raíces de Santiago.- Teniendo un capital social de cuatro millones de pesos.- SEGUNDO: En este acto y por el presente instrumento los comparecientes referidos en la cláusula precedente acuerdan en materializar la siguiente modificación: MODIFICACION: El socio don LUIS GUILLERMO IBAÑEZ ROYO, socio en un veinticinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el equivalente a un ocho coma treinta y tres por ciento de sus derechos al socio don JOSE ANTONIO FERNANDEZ ALISTER, quién compra y acepta para sí aquellos derechos en el precio que más adelante se expone. A su vez y en este mismo acto el socio don LUIS GUILLERMO IBAÑEZ ROYO, socio en un veinticinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el equivalente a un ocho coma treinta y tres por ciento de sus derechos al socio don FRANCISCO JAVIER ALARCON POBLETE, quién compra y acepta para sí aquellos derechos en el precio que más adelante se expone. A su vez y en este mismo acto el socio don LUIS GUILLERMO IBAÑEZ ROYO, socio en un veinticinco por ciento de la totalidad de los derechos sociales, vende, cede y transfiere el equivalente a un ocho coma treinta y cuatro por ciento de sus derechos al socio don LUIS EMILIO ALARCON GARCIA, quién compra y acepta para sí aquellos derechos en el precio que más adelante se expone. En consecuencia, por este acto don JOSE ANTONIO FERNANDEZ ALISTER aumenta su participación en la sociedad a un treinta y tres coma treinta y tres por ciento, don FRANCISCO JAVIER ALARCON POBLETE, aumenta su participación en la sociedad a un treinta y tres coma treinta y tres por ciento y don LUIS EMILIO ALARCON GARCIA aumenta su participación en la sociedad a un treinta y tres coma treinta y cuatro por ciento.- A su vez don LUIS GUILLERMO IBAÑEZ ROYO con la compraventa de sus derechos sociales, deja de pertenecer a la sociedad. Los comparecientes socios en esta sociedad, vienen en señalar expresamente que aceptan esta cesión y todas sus consecuencias y modificaciones respecto del estatuto social.- TERCERO: El precio de la cesión hecha por don LUIS GUILLERMO IBAÑEZ ROYO a don JOSE ANTONIO FERNANDEZ ALISTER, asciende a la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS, suma de dinero que este declara recibirlo en este acto a su más entera satisfacción de parte del cesionario en este instrumento, con lo que se tiene por pagado íntegramente el precio. A su vez, la cesión hecha por don LUIS GUILLERMO IBAÑEZ ROYO a don FRANCISCO JAVIER ALARCON POBLETE, asciende a la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS, suma de dinero que este declara recibirlo en este acto a su más entera satisfacción de parte del cesionario en este instrumento, con lo que se tiene por pagado íntegramente el precio. A su vez, la cesión hecha por don LUIS GUILLERMO IBAÑEZ ROYO a don LUIS EMILIO ALARCON GARCIA, asciende a la suma de SESENTA MILLONES DE PESOS, suma de dinero que este declara recibirlo en este acto a su más entera satisfacción de parte del cesionario en este instrumento, con lo que se tiene por pagado íntegramente el precio.- CUARTO: En todo lo no modificado en el presente instrumento, se mantienen vigentes las estipulaciones del pacto social y modificación anterior, escritura pública e inscripción conservatoria ya señaladas en la cláusula primera de este instrumento.- Saneamiento: Que el Extracto de la referida sociedad no fue publicado dentro de plazo en el Diario Oficial, de la escritura de modificación de sociedad de la SOCIEDAD DE TRANSPORTES PROTRANS LIMITADA, ello dentro del plazo de sesenta días que establece la Ley por lo que con la presente escritura se viene en sanear vicio indicado, en todo lo demás ratifica y da por reproducidas todas y cada una de las estipulaciones contempladas en la escritura de modificación de sociedad que se sanea-. Demás estipulaciones escritura extracta. 11 de marzo de 2024.