CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CR GLOBAL INVESTMENT LIMITADA

RUT 18156200-5 CVE 2467899
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
11 de marzo de 2024
Notaría
Chillán
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
11 de marzo de 2024
Repertorio
598
Notario
suplente de CÉSAR SUÁREZ SÁNCHEZ
Oficio
Quinta Notaría de Chillán
Comuna
Chillán

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
La sociedad tendrá como domicilio la ciudad y comuna de Chillan
Duración
La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de tres años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los socios manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del respectivo período
Ley aplicable
Ley N°3.918

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y)o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y)o administración; b) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas, sociedad por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; e) representar a empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. ADMINISTRACION Y USO

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANTE MÍ, FRANCISCA MARTÍN GÓMEZ, suplente de CÉSAR SUÁREZ SÁNCHEZ, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Chillán, certifico: Que, por escritura pública de fecha 11 de marzo del año 2024, repertorio 598, doña CAMILA FERNANDA MERINO URRUTIA, cédula de identidad número 18.156.200-5; y don RODRIGO MAURICIO CRUZ ESPINOZA, cédula de identidad número 17.459.000-1, ambos domiciliados en Avenida Circunvalación Norte número 982, comuna de Chillán, Región de Ñuble, constituyen una sociedad de responsabilidad limitada, de conformidad con la Ley N°3.918, las disposiciones de los Códigos y demás leyes que fueran pertinentes cuyas disposiciones se aplicarán supletoriamente a las estipulaciones de sus estatutos. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “CR GLOBAL INVESTMENT LIMITADA” nombre fantasía “CR GLOBAL INVESTMENT”. DURACION: La Sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de esta escritura y tendrá una duración de tres años. Sin embargo, este plazo se considerará tácita y automáticamente prorrogado en idénticas condiciones y períodos, si ninguno de los socios manifiesta su deseo de poner término a esta Sociedad, lo que deberá materializarse por escritura pública y anotarse al margen de la misma inscripción social, con una anticipación no inferior a seis meses al vencimiento del respectivo período. DOMICILIO: La sociedad tendrá como domicilio la ciudad y comuna de Chillan, sin perjuicio de poder instalar agencias, representaciones o sucursales en otras ciudades del país o del extranjero. OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar, directamente o por intermedio de terceros, por cuenta propia o ajena, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de Chile o en el extranjero, las siguientes actividades: a) efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios, por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; b) comprar y enajenar, a cualquier título, acciones, bonos, debentures, letras hipotecarias, monedas o divisas extranjeras, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión, efectos de comercio, documentos negociables, títulos de crédito, instrumentos financieros y, en general, toda clase de títulos o valores o instrumento de inversión del mercado de capitales, cualquiera sea su naturaleza, y administrar las inversiones que realice y percibir su producto; c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier clase, naturaleza u objeto, sociedades anónimas, sociedad por acciones o de responsabilidad limitada, de comunidades y asociaciones en general, ingresar a las ya constituidas, chilenas o extranjeras, representar a la compañía, con voz y voto, en todas ellas; y concurrir a la modificación, disolución y liquidación de aquéllas de que forme parte; d) garantizar obligaciones personales de los socios, o de las sociedades de que éstos sean socios, constituyéndose para ello en avalista, codeudora solidaria, fiadora o garante en cualquier otra forma y para los mismos fines podrá también hipotecar, prendar o gravar en cualquier forma los bienes sociales; e) representar a empresas nacionales y extranjeras y demás relacionadas, en la actualidad o en el futuro; y f) para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos comerciales y jurídicos de cualquier naturaleza y jurisdicción autorizados por las leyes, que se relacionen directa o indirectamente con su objeto social, y en general realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. ADMINISTRACION Y USO RAZON SOCIAL: El uso de la razón social, la administración y representación de la Sociedad corresponderá a don RODRIGO MAURICIO CRUZ ESPINOZA. CAPITAL: El capital de la Sociedad es la suma de $1.000.000, aportados de la siguiente manera: a) CAMILA FERNANDA MERINO URRUTIA, entera y paga en este acto, la suma de $300.000.-, que representa el 30% del capital social, al contado y en dinero en efectivo, el que ha sido enterado a la caja social. b) RODRIGO MAURICIO CRUZ ESPINOZA, entera y paga en este acto, la suma de $700.000.-, que representa el 70% del capital social, al contado y en dinero en efectivo, el que ha sido enterado a la caja social. Demás estipulaciones en escritura extractada. Chillán, 14 de marzo de 2024.