MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

KRAN SpA

RUT 76453456-5 CVE 2466840
Capital
$2.481.598.662 CLP
Fecha instrumento
2 de febrero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de febrero de 2024
Repertorio
933/2024
Notario
MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.481.598.662 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con domicilio en Huérfanos 578, Santiago, certifica que, con fecha 24/01/2024, ante don Bernardo Espinosa Bancalari, Notario Público de Puerto Varas, se celebró la Junta Extraordinaria de Accionistas de KRAN SpA (en adelante, la “Sociedad”), RUT N° 76.453.4565, inscrita a fojas 436V, número 381 del Registro de Comercio del año 2016 del Conservador de Bienes Raíces de Puerto Varas. El acta de la referida junta fue reducida a escritura pública con fecha 02/02/2024, Repertorio N°933/2024, ante mí. En la referida junta extraordinaria de accionistas se aumentó el capital social de $2.481.598.662, dividido en 169.000 acciones nominativas y sin valor nominal, a la suma de $3.469.083.063 pesos, dividido en 181.260 acciones nominativas y sin valor nominal; emitiéndose 12.260 nuevas acciones de la Serie B, las que deberán ser suscritas y pagadas en los términos que se establecen en la misma modificación. En virtud de lo anterior, se modificó el artículo sexto de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital de la Sociedad es la cantidad de tres mil cuatrocientos sesenta y nueve millones ochenta y tres mil sesenta y tres pesos, dividido en ciento ochenta y un mil doscientas sesenta acciones, de las cuales ciento siete mil novecientas son acciones de Serie A, cincuenta y nueve mil seiscientas quince son acciones de la Serie B y trece mil setecientas cuarenta y cinco son acciones Serie X, todas nominativas y sin valor nominal, el que se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio. Cada acción de la Serie A y B dará derecho a un voto. Las acciones Serie X no tienen derecho a voto. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital deberán quedar totalmente suscritos y pagados dentro del plazo máximo de cinco años para la Serie B, y de diez años para la Serie X, contados desde el acto de constitución o acuerdo de aumento de capital, según sea el caso, y podrán pagarse en dinero en efectivo o con otros bienes. Los aportes no consistentes en dinero deberán ser estimados por los accionistas y, en el caso de los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión de cada aumento. En silencio o a falta de acuerdo, los aportes deberán pagarse en dinero efectivo. Las acciones que emita la sociedad se ofrecerán y colocarán al precio que determinen libremente los accionistas, quienes podrán delegar en el directorio la fijación del precio final de colocación de las acciones, facultad que podrá ejercer dentro de los plazos legales, aplicándose los dispuesto en el inciso segundo del artículo veintitrés del Reglamento de Sociedades Anónimas. Las acciones de Serie A tendrán todos los derechos que la ley y estos estatutos les confieren, sin limitación alguna. Las acciones de Serie B tendrán todos los derechos que la ley y los estatutos confieren a las acciones de Serie A, pero adicionalmente nombrarán tres directores de los siete que tiene la Sociedad.” A su vez, se modificó el artículo primero transitorio de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad de tres mil cuatrocientos sesenta y nueve millones ochenta y tres mil sesenta y tres pesos, dividido en ciento ochenta y un mil doscientas sesenta acciones, de las cuales ciento siete mil novecientas son acciones de Serie A, cincuenta y nueve mil seiscientas quince son acciones de la Serie B y trece mil setecientas cuarenta y cinco son acciones Serie X, todas nominativas y sin valor nominal, se encuentra suscrito y pagado y se suscribirá y pagará de la siguiente forma: a) Ciento siete mil novecientas acciones de Serie A que se encuentran suscritas y pagadas; b) Cincuenta y nueve mil seiscientas quince acciones de Serie B, de las cuales cuarenta y ocho mil novecientas cincuenta y tres se encuentran suscritas y pagadas, mientras que diez mil seiscientas sesenta y dos se encuentran pendientes de suscripción y pago; y c) Trece mil setecientas cuarenta y cinco acciones Serie X, de las cuales seis mil seiscientas cuarenta y cinco están suscritas y siete mil cien se encuentran pendiente de suscripción y pago.”. Demás estipulaciones no son materia de extracto y constan en escritura extractada. Santiago, 27 de febrero de 2024.