IMPORTACIONES HMV LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 7 de febrero de 2024
- Notario
- CECILIA GALVEZ PINO
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- Providencia, Región Metropolitana. E. RESPONSABILIDAD: Limitada monto de
- Duración
- La empresa que en este acto se constituye, empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, renovables tácitamente por períodos iguales y sucesivos. D
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) La compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, en las áreas de vestuario, cosmética, joyería, equipamiento para el hogar, electrónica y en general en toda clase de mercadería y productos; b) Otorgar, constituir hoy o adquirir y explotar las representación, royalties o franquicias de empresas nacionales y)o extranjeras; c) la inversión arrendamiento o cualquier forma de explotación de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, especialmente acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas, derechos en sociedades de cualquier naturaleza jurídica, e instrumentos de créditos y demás valores mobiliarios negociarios y transferirlos a cualquier título aportarlos, cederlos, administrarlos y percibir sus frutos, dividendos, intereses y reajustes. d) Formar toda clase de sociedades civiles, cualquiera sea su objeto, adquirir derechos o acciones en ellas, sean estas anónimas abiertas o cerradas, colectivas, de responsabilidad limitada, en comandita, asociación o cuenta en participación, pudiendo concurrir como socio o gestor de estas últimas, y e) En general, el desarrollo de cualquier actividad análoga, afín o complementarla a las anteriores y la realización de todos aquellos actos y contratos que se re relacionen directa o indirectamente con el
Administración
La administración, representación y uso de la razón social de la empresa corresponderá en forma exclusiva a la socia don DANIEL DARIO DUARTE, quien podrá ejercerla actuando a nombre de la empresa y anteponiendo el nombre de la empresa a su firma, la representará con las más amplias facultades. D
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| IMPORTACIONES HMV LIMITADA | socio | 76152878-5 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCECILIA GALVEZ PINO, Abogado, Notario Público Titular de Viña del Mar, con domicilio en Av. Libertad N.º 1155-A, certifica: por escritura pública de fecha 07 de febrero de 2024, ante mí, DANIEL DARIO DUARTE, argentino, mayor de edad, soltero, administrativo, cédula de identidad de extranjeros número 24.240.236-7, con domicilio en calle Coronel numero 2349 departamento 23, comuna de Providencia, Región Metropolitana de Santiago y doña PATRICIA XIMENA PÉREZ GONZALEZ, chilena, divorciada, mayor de edad, cédula nacional de identidad número 12.822.770-9 con domicilio en Avenida Libertad 798, oficina 1003, comuna y ciudad de Viña del Mar, vienen en modificar sociedad de responsabilidad limitada IMPORTACIONES HMV LIMITADA, R.U.T. N° 76.152.878-5 constituida mediante escritura pública con fecha 6 de junio del año 2011, ante don Marcos Diaz León, Notario Público de Valparaíso, extracto publicado en el Diario Oficial de fecha 9 de junio del año 2011, inscrito a fojas 922 V número 1030 del Registro de Comercio del año 2011 del Conservador de Comercio de Viña del Mar. MODIFICACIÓN: doña PATRICIA XIMENA PÉREZ GONZALEZ vende, cede y transfiere la totalidad de los derechos que les corresponde en el capital social de la sociedad Importaciones HMV Limitada, ascendente al 5% de los derechos sociales, a don DANIEL DARIO DUARTE, quien compra y acepta para sí dichos derechos por la suma de $2.000.000. TRANSFORMACIÓN: DANIEL DARIO DUARTE , en su calidad de único y actual socio de la empresa Sociedad de Importaciones HMV Limitada, viene en transformar dicha empresa en una Empresa Individual de Responsabilidad Limitada, que se regirá por el estatuto social que se detalla a continuación, y por las estipulaciones de la Ley número diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete publicada el once de Febrero de dos mil tres, las normas pertinentes del Código de Comercio, y en su caso por las normas comunes y generales del Código Civil que en su caso podrían aplicarse, y en especial por las siguientes disposiciones estatutarias. A. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La compraventa, importación, exportación, distribución y comercialización de toda clase de bienes, por cuenta propia o ajena, en las áreas de vestuario, cosmética, joyería, equipamiento para el hogar, electrónica y en general en toda clase de mercadería y productos; b) Otorgar, constituir hoy o adquirir y explotar las representación, royalties o franquicias de empresas nacionales y/o extranjeras; c) la inversión arrendamiento o cualquier forma de explotación de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles o inmuebles, especialmente acciones de sociedades anónimas abiertas o cerradas, derechos en sociedades de cualquier naturaleza jurídica, e instrumentos de créditos y demás valores mobiliarios negociarios y transferirlos a cualquier título aportarlos, cederlos, administrarlos y percibir sus frutos, dividendos, intereses y reajustes. d) Formar toda clase de sociedades civiles, cualquiera sea su objeto, adquirir derechos o acciones en ellas, sean estas anónimas abiertas o cerradas, colectivas, de responsabilidad limitada, en comandita, asociación o cuenta en participación, pudiendo concurrir como socio o gestor de estas últimas, y e) En general, el desarrollo de cualquier actividad análoga, afín o complementarla a las anteriores y la realización de todos aquellos actos y contratos que se re relacionen directa o indirectamente con el objeto social. B. PATRIMONIO: El capital de la empresa será de $10.000.000, que aporta al contado y en dinero efectivo. C. ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social de la empresa corresponderá en forma exclusiva a la socia don DANIEL DARIO DUARTE, quien podrá ejercerla actuando a nombre de la empresa y anteponiendo el nombre de la empresa a su firma, la representará con las más amplias facultades. D. DURACIÓN: La empresa que en este acto se constituye, empezará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de tres años, renovables tácitamente por períodos iguales y sucesivos. D. DOMICILIO: Providencia, Región Metropolitana. E. RESPONSABILIDAD: Limitada monto de aporte. Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 12 de febrero de 2024.