Instrumento
- Fecha
- 11 de marzo de 2024
- Repertorio
- 11573-2024
- Notario
- MARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38º Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
Objeto social
El capital social es de $10.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, y que se encuentra en la siguiente situación: MERCEDES ERIKA MARÍA OSSANDÓN MARTÍNEZ suscribe y paga 100 acciones con la suma de $1.000.000.- que ingresas en la caja social, las acciones suscritas y no pagadas deberán pagarse dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, pudiendo hacerse el pago en dinero efectivo o con cargo a utilidades o revalorizaciones o aportes de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, cualquier clase de derechos sobre éstos, mediante el aporte de tecnología, procesos industriales, know-how, asesoría y)o trabajo e industria, que deberán valorizarse de común acuerdo por los socios al momento del aporte, y a falta de este acuerdo se estimarán por el árbitro a quien le corresponde conocer de conflictos sociales. Los aportes deberán pagarse, a medida que los negocios sociales lo requieran y en todo caso en el plazo de tres años a contar de esta fecha. Se designó Gerente General de la sociedad a MERCEDES ERIKA MARÍA OSSANDÓN MARTÍNEZ, con amplios poderes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38º Notaría de Santiago, con oficio en Miraflores Nº 178, Piso 5º, Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 11 de marzo de 2024, otorgada ante mí, Repertorio Nº 11.573-2024, MERCEDES ERIKA MARÍA OSSANDÓN MARTÍNEZ constituyó sociedad por acciones cuyo nombre es “DISTRIBUIDORA FRANCHINI SpA”, pudiendo usar nombre de fantasía “QUESERÍA DE MÍ SpA”, que la obligará de igual manera. La sociedad tendrá como domicilio la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que se establezcan en otras ciudades del país y/o en el extranjero. La sociedad tendrá una duración indefinida. El objeto de la sociedad es es la compraventa, representación, distribución, consignación, procesamiento, trasformación, envasado, transporte, producción y comercialización de cualquier clase de bienes, especialmente alimentos, frescos, congelados y/o procesados, productos, insumos y maquinaria para producir o procesar alimentos y cualquier otro tipo de bienes; actuar como comisionista o mandataria, para la venta y comercio de toda clase de productos y, en general, cualesquiera otros negocios que estén, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, relacionados con la producción, transformación o comercialización de alimentos, insumos o maquinarias de todo tipo, realizado por cuenta propia o ajena. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes muebles e inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, construir, en ellos, por cuenta propia o ajena; explotarlos, directamente o por terceros, en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, realizar operaciones de importación y/o exportación de toda clase de productos, mercaderías, bienes de capital o equipos y/o de sus partes, accesorios o repuestos; la representación, en Chile, de agencias o filiales de empresas extranjeras, como cualquiera otra comisión o mandato mercantil; y, asimismo, el desempeño de agencias o representaciones en el exterior de empresas o mandantes chilenos o extranjeros; formar parte en otras sociedades relacionadas directa o indirectamente con los giros antes señalados, modificarlas, asumir la administración de las mismas; y cualquier otra actividad que los socios acuerden, necesaria o conducente, directa o indirectamente, al cumplimiento de su objeto social. El capital social es de $10.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de igual valor y sin valor nominal, y que se encuentra en la siguiente situación: MERCEDES ERIKA MARÍA OSSANDÓN MARTÍNEZ suscribe y paga 100 acciones con la suma de $1.000.000.- que ingresas en la caja social, las acciones suscritas y no pagadas deberán pagarse dentro del plazo de tres años a contar de esta fecha, pudiendo hacerse el pago en dinero efectivo o con cargo a utilidades o revalorizaciones o aportes de toda clase de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, cualquier clase de derechos sobre éstos, mediante el aporte de tecnología, procesos industriales, know-how, asesoría y/o trabajo e industria, que deberán valorizarse de común acuerdo por los socios al momento del aporte, y a falta de este acuerdo se estimarán por el árbitro a quien le corresponde conocer de conflictos sociales. Los aportes deberán pagarse, a medida que los negocios sociales lo requieran y en todo caso en el plazo de tres años a contar de esta fecha. Se designó Gerente General de la sociedad a MERCEDES ERIKA MARÍA OSSANDÓN MARTÍNEZ, con amplios poderes. Demás estipulaciones en escritura extractada.