TRAXXA CONSTRUCCIONES SpA
Instrumento
- Fecha
- 5 de marzo de 2024
- Notario
- Alvaro David González Salinas
- Oficio
- 42ª Notaria Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
Objeto social
El objeto de la sociedad será la realización de toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero; todo tipo de empresas y en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derecho, cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedad o asociación, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan al cumplimiento de este
Administración
La administración de la sociedad corresponderá a JONATHAN ANDRES MARTIN GUEVARA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades. La sociedad no tendrá Directorio y funcionará y actuará a través de su representante. El representante señalado representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad y estará investida de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o estos Estatutos permitan, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan requisitos especiales. La sociedad no tendrá Gerente ya que actuará a través de su representante ya señalado, quien hará las veces de gerente, amplias facultades
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlvaro David González Salinas, Abogado, Notario Público, Titular de la 42ª Notaria Santiago, con oficio en Apoquindo 3001, Segundo piso, Las Condes, Certifico: por escritura pública de fecha 05 de Marzo de 2024, ante mí, JONATHAN ANDRES MARTIN GUEVARA, chileno, casado, ingeniero, C.I.Nº 17.689.267-6, Sexta Avenida 1.166, Dp. 24, San Miguel, constituye sociedad por acciones, Nombre: “TRAXXA CONSTRUCCIONES SpA”, nombre de fantasía “TRAXXA SpA”.- Objeto: El objeto de la sociedad será la realización de toda clase de inversiones en Chile o en el extranjero; todo tipo de empresas y en bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, en valores mobiliarios, acciones, bonos y debentures, derecho, cuotas o participaciones en cualquiera clase de sociedad o asociación, pudiendo celebrar toda clase de actos y contratos que conduzcan al cumplimiento de este objeto. Podrá desarrollar toda clase de asesorías, especialmente las relacionadas con la actividad; El estudio y ejecución de todo tipo de obras civiles menores y de mediana envergadura, por cuenta propia o ajena; la realización de trabajos de pavimentación, movimientos de tierra, pinturas, albañilería, carpintería, estructuras metálicas, demolición, excavaciones y movimientos de tierra; La ejecución, por cuenta propia o ajena, ya sea como contratista, subcontratista o cualquier otra forma, de toda clase de obras destinadas a la construcción, mantención y conservación de infraestructura pública o privada, y/o demoliciones; Actuar por cuenta propia o ajena, sola o asociada con otras personas naturales o jurídicas, dentro o fuera del país; y todas las actividades relacionadas directa o indirectamente con las anteriores y cualquiera otra actividad o negocio relacionado con el giro social que acuerden los accionistas.- Capital: $10.000.000, dividido en 1.000 acciones, nominativas de igual valor, todas de una misma serie y sin valor nominal, totalmente suscritas y pagadas este acto, dinero efectivo, ya ingresado a las arcas sociales.- Domicilio: ciudad de Santiago sin perjuicio de lo cual la sociedad podrá establecer sucursales, agencias, representaciones o delegaciones, tanto en el país como en el extranjero. Administración: La administración de la sociedad corresponderá a JONATHAN ANDRES MARTIN GUEVARA, quien anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades. La sociedad no tendrá Directorio y funcionará y actuará a través de su representante. El representante señalado representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad y estará investida de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o estos Estatutos permitan, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan requisitos especiales. La sociedad no tendrá Gerente ya que actuará a través de su representante ya señalado, quien hará las veces de gerente, amplias facultades.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 12 de Marzo del 2024.- Alvaro David González Salinas.- Notario Público.-