CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Parra Consultores Limitada

CVE 2466178
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
8 de marzo de 2024
Notaría
San Antonio
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
8 de marzo de 2024
Repertorio
834-2024
Notario
Matías Hernán Le-Roux Peralta
Oficio
Segunda Notaría de San Antonio
Comuna
San Antonio

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Duración
5 años contados desde la fecha de suscripción de la escritura pública de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período

Objeto social

El objeto social será prestar toda clase de servicios de asesoría profesional, incluyendo, pero no limitado a prestar toda clase de servicios de asesoría profesional, incluyendo, pero no limitado a la consultoría en materias territoriales, catastro inmobiliario de bienes raíces, y consultoría legal en materias de energía

Administración

El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá al socio Daniel Alejandro Parra Bruggemann quien, actuando individualmente, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará y obligará a la Sociedad con las facultades y limitaciones establecidas en la escritura pública extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Matías Hernán Le-Roux Peralta, Abogado, Notario Público Interino de la Segunda Notaría de San Antonio, según decreto económico del Segundo Juzgado de Letras de San Antonio debidamente protocolizado, con oficio en Avenida Lauro Barros noventa y seis, certifico: que por escritura pública suscrita ante mí, con fecha 8 de Marzo de 2024, Repertorio N°834-2024, Daniel Alejandro Parra Bruggemann y Antonio Emilio Parra Bruggemann, ambos con domicilio en Lauro Barros ciento quince, comuna de San Antonio, constituyeron una sociedad civil de responsabilidad limitada, cuyos estatutos paso a extractar: RAZÓN SOCIAL: “Parra Consultores Limitada”. OBJETO: El objeto social será prestar toda clase de servicios de asesoría profesional, incluyendo, pero no limitado a prestar toda clase de servicios de asesoría profesional, incluyendo, pero no limitado a la consultoría en materias territoriales, catastro inmobiliario de bienes raíces, y consultoría legal en materias de energía. CAPITAL: $1.000.000, que los socios han aportado y enterado en dinero, de la siguiente forma: a) Daniel Alejandro Parra Bruggemann aportó y enteró el 99% del capital social, equivalente a la suma de $990.000, y b) Antonio Emilio Parra Bruggemann aportó y enteró el 1% del capital social, equivalente a la suma de $10.000; DURACIÓN: 5 años contados desde la fecha de suscripción de la escritura pública de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública, de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con 6 meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del respectivo período; ADMINISTRACIÓN: El uso de la razón social y la administración de la Sociedad corresponderá al socio Daniel Alejandro Parra Bruggemann quien, actuando individualmente, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará y obligará a la Sociedad con las facultades y limitaciones establecidas en la escritura pública extractada. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de copia autorizada de este extracto para su legalización. Demás estipulaciones en escritura extractada. San Antonio, 08 de Marzo de 2024.