Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2024
- Notario
- PABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN
- Oficio
- Segunda Notaria de Osorno
- Comuna
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
- Domicilio
- Osorno
- Duración
- 5 años a contar fecha escritura, renovable forma automática y tácita, a menos que alguno de los accionistas no manifiesten su intención de ponerle término a la sociedad a través de carta certificada enviada con a lo menos sesenta días corridos de anticipación al vencimiento de la sociedad
- Ley aplicable
- Ley 20.190
Objeto social
A) El cultivo, siembra y cosecha de todo tipo de especies y productos agrícolas. B) La compraventa, comercialización y distribución de productos agrícolas. C) La crianza, engorda, compra y venta de todo tipo de ganado y productos cárnicos. D) La Compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de maquinaria e insumos para la agricultura. E) La prestación de ser¬vi¬cios relacionados o no con los rubros anteriores. F) Todo lo que en la actualidad, o en el futuro, esté relacionado, de cualquier manera con lo dicho; y cualquier otro negocio que la junta de accionista acuerde
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| HELMUTH GERARDO CARO SCHWENCKE | socio | 7425259-1 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO ANDRES EISENDECHER BERTIN, Abogado, Notario Publico Titular de la Segunda Notaria de Osorno, con oficio Bernardo O’Higgins 691, certifica: Por escritura pública 31 Enero 2024 ante Victor Eduardo Henriquez Ortega, Notario Publico Suplente del Titular de Osorno, HELMUTH GERARDO CARO SCHWENCKE, chileno, divorciado, agricultor, C.N.I. N° 7.425.259-1; NOELIA ADRIANA GUARDA GUARDA, chilena, soltera, labores del hogar, C.N.I. N° 14.101.950-3 y MABEL ALEJANDRA CARO GUARDA, chilena, soltera, técnico en ganadería, C.N.I. N° 19.536.043-k, todos domiciliados en Kilometro Diecisiete, sector Lumaco, Fundo El Manzanal, Comuna de Osorno, los comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con las cédulas indicadas y exponen: Que constituyeron una sociedad por acciones (SpA) que se regirá por lo dispuesto en sus estatutos y en todo aquello no previsto por dichos estatutos, se regirá por lo dispuesto en la Ley 20.190, y en forma supletoria normas que regulan las sociedades anónimas cerradas por Ley 18.046 sobre sociedades anónimas y su respectivo Reglamento.- RAZÓN SOCIAL: “AGRICOLA EL MANZANAL SpA”. OBJETO: A) El cultivo, siembra y cosecha de todo tipo de especies y productos agrícolas. B) La compraventa, comercialización y distribución de productos agrícolas. C) La crianza, engorda, compra y venta de todo tipo de ganado y productos cárnicos. D) La Compra, venta, importación, exportación, distribución y comercialización de todo tipo de maquinaria e insumos para la agricultura. E) La prestación de ser¬vi¬cios relacionados o no con los rubros anteriores. F) Todo lo que en la actualidad, o en el futuro, esté relacionado, de cualquier manera con lo dicho; y cualquier otro negocio que la junta de accionista acuerde.- DOMICILIO: Osorno, sin perjuicio de las agencias y/o sucursales que puedan establecerse en otros puntos del país o del extranjero. CAPITAL: $5.000.000.-, dividido en 100 acciones, nominativas, misma serie y sin valor nominal, de cincuenta mil pesos cada una, equivalentes al cien por ciento del capital social aportado, suscritas y pagadas de la siguiente forma: A) HELMUTH GERARDO CARO SCHWENCKE, suscribe 10 acciones equivalentes a la suma de $500.000.-, equivalentes al 10% del capital social, cantidad que se paga en dinero efectivo y al contado ingresando a la caja social en este acto. B) NOELIA ADRIANA GUARDA GUARDA, suscribe 40 acciones equivalentes a la suma de $2.000.000.- equivalentes al 40 % del capital social, cantidad que se paga en dinero efectivo y al contado ingresando a la caja social en este acto. C) MABEL ALEJANDRA CARO GUARDA, suscribe 50 acciones equivalentes a la suma de $2.500.000.-, equivalentes al 50 % del capital social, cantidad que se paga en dinero efectivo y al contado ingresando a la caja social en este acto. De esta manera el cien por ciento del capital social, equivalente a cien acciones, se encuentra íntegramente suscrito, pagado y enterado en la caja social. GERENTE GENERAL será ejercido provisionalmente por don HELMUTH GERARDO CARO SCHWENCKE, según facultades señalada clausula octava estatutos. DURACIÓN: 5 años a contar fecha escritura, renovable forma automática y tácita, a menos que alguno de los accionistas no manifiesten su intención de ponerle término a la sociedad a través de carta certificada enviada con a lo menos sesenta días corridos de anticipación al vencimiento de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó para inscribir. Osorno, Marzo 2024.