CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Profesionales Odontólogos Martínez y Rivadeneira Limitada

CVE 2465785
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
1 de febrero de 2024
Notaría
La Serena
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de febrero de 2024
Repertorio
590-2024
Notario
RÚBEN REINOSO HERRERA
Oficio
Cuarta Notaría de La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP
Domicilio
La Serena
Duración
La duración de la sociedad será de 5 años a contar de esta fecha, y se prorrogará por períodos iguales y sucesivos, salvo que alguno de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo servicios profesionales en materias vinculadas a la odontología y demás propias de la profesión de cirujano dentista en general

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia Ana Belén Martínez Vicentela quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, administrará la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo ejecutar todos los actos y contratos necesarios para desarrollar las actividades sociales. Demás acuerdos constan en escritura extractada. La Serena, 05 de Marzo de 2024

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RÚBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de La Serena, con oficio en Avenida El Santo 1240, local 1, certifica: Por escritura de 01 febrero de 2024 ante su suplente Gonzalo Oñate Miranda, Repertorio Nº 590-2024, doña Ana Belén Martínez Vicentela, cédula nacional de identidad Nº18.256.583-0; y, doña Génesis Alejandra Rivanedeira Carmona, cédula de identidad Nº18.007.263-2, ambas comparecientes domiciliadas en edificio Portal Amunategui calle Amunategui, N°489, oficina 212, comuna de La Serena, Región de Coquimbo, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, cuyos estatutos extracto: Nombre: Sociedad de Profesionales Odontólogos Martínez y Rivadeneira Limitada, pudiendo también operar, incluso para efectos bancarios y en todo tipo de actos y contratos con el nombre de fantasía “Martínez y Rivadeneira Ltda.”. Objeto social: El objeto de la sociedad será la prestación de todo tipo servicios profesionales en materias vinculadas a la odontología y demás propias de la profesión de cirujano dentista en general. Domicilio: La Serena, sin perjuicio de sucursales, agencias en otros puntos del país y/o en el extranjero. Duración: La duración de la sociedad será de 5 años a contar de esta fecha, y se prorrogará por períodos iguales y sucesivos, salvo que alguno de los socios, con no menos de 3 meses de anticipación al vencimiento del período respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro. Capital: El capital de la sociedad será la suma de $5.000.000.- que los socios aportan y pagan de la manera que se indica: a) doña Ana Belén Martínez Vicentela entera y paga, de contado y en dinero efectivo a la caja social, la suma de $4.500.000.- que representan el 90% del capital social; y, b) doña Génesis Alejandra Rivanedeira Carmona entera y paga, de contado y en dinero efectivo a la caja social, la suma de $500.000.-, que representan el 10% del capital social. Administración: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia Ana Belén Martínez Vicentela quien actuando individualmente y anteponiendo a su firma la razón social, administrará la sociedad con las más amplias facultades y atribuciones, pudiendo ejecutar todos los actos y contratos necesarios para desarrollar las actividades sociales. Demás acuerdos constan en escritura extractada. La Serena, 05 de Marzo de 2024.-