Instrumento
- Fecha
- 30 de enero de 2024
- Repertorio
- 132-2024
- Notario
- César Maturana Pérez
- Oficio
- Sexta Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Domicilio
- Ciudad y comuna de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: Realizar todo tipo de actividades relacionadas con la actividad física, deportes y recreación, en especial el Judo y la defensa personal, tanto para,personas naturales, jurídicas, de derecho público o privado, sean estos con o sin fines de lucro, de toda clase, instituciones privadas o particulares, instituciones de Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad. Realizar actividades físicas terapéuticas alternativas dirigida al bienestar de las personas. La organización, producción y realización de todo tipo de eventos, relacionados con el deporte, ya sean del orden de clases, espectáculos, diversión, recreación, competición, educación, formación, presentaciones, o cualquiera que sea de la misma índole, sea de envergadura nacional o internacional, por cuenta propia y)o a través de un tercero. La confección, importación, exportación, de merchandising, ropa, artículos y accesorios deportivos; y la difusión de eventos deportivos, educativos, recreacionales y de esparcimiento, ya sea por cuenta propia o ajena
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCésar Maturana Pérez, Notario Público Interino de la Sexta Notaría de San Miguel, con oficio en Ramón Subercaseaux 1244, comuna de San Miguel, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 30/01/2024 ante mí, Repertorio N°132-2024, don José Antonio Valenzuela Allel, chileno, Casado separado totalmente de bienes, profesor de educación física, cédula de identidad número 10.281.825-3, domiciliado en escritor Benjamín Subercaseaux número 10230, casa P, de la comuna de La Reina, Región Metropolitana, constituyó sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “Club Judo Oriente SpA”. Domicilio: Ciudad y comuna de Santiago. Duración: Indefinido. Objeto: El objeto de la sociedad será: Realizar todo tipo de actividades relacionadas con la actividad física, deportes y recreación, en especial el Judo y la defensa personal, tanto para,personas naturales, jurídicas, de derecho público o privado, sean estos con o sin fines de lucro, de toda clase, instituciones privadas o particulares, instituciones de Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad. Realizar actividades físicas terapéuticas alternativas dirigida al bienestar de las personas. La organización, producción y realización de todo tipo de eventos, relacionados con el deporte, ya sean del orden de clases, espectáculos, diversión, recreación, competición, educación, formación, presentaciones, o cualquiera que sea de la misma índole, sea de envergadura nacional o internacional, por cuenta propia y/o a través de un tercero. La confección, importación, exportación, de merchandising, ropa, artículos y accesorios deportivos; y la difusión de eventos deportivos, educativos, recreacionales y de esparcimiento, ya sea por cuenta propia o ajena. Capital: un millón de pesos, dividido en cien acciones de una misma serie, todas nominativas, sin valor nominal y de igual valor, íntegramente suscrito y pagado por el constituyente. La administración corresponderá a uno o más Gerentes de la sociedad designado por la mayoría de los accionistas. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. En San Miguel, 8 de marzo de 2024.