CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Willumsen Hurtado Arquitectos Limitada

RUT 10726179-6 CVE 2465275
Capital
$1.000 CLP
Fecha instrumento
1 de marzo de 2024
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
1 de marzo de 2024
Repertorio
2824/2024
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
Trigésima Sexta Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000 CLP
Duración
La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la escritura extractada. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción en el Registro de Comercio, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos

Objeto social

La Sociedad tiene por

Administración

La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los socios doña María Ignacia Hurtado Cruzat y don Juan Cristián Willumsen Jigins, quienes actuando indistinta e individualmente, y anteponiendo a su firma personal la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con la Sociedad, con todas las facultades señaladas en el Artículo Séptimo de la escritura extractada y sin que la enunciación señalada en dicho artículo importe limitación alguna de esas facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: certifica que por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 1 de marzo de 2024, repertorio Nº 2.824/2024, ante mí, doña María Ignacia Hurtado Cruzat, cédula de identidad número 10.726.179-6; y don Juan Cristián Willumsen Jigins, cédula de identidad número 13.829.244-4, ambos domiciliados para estos efectos en calle Camino del Abad 10.562, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta: Nombre: El nombre y razón social de la sociedad es Willumsen Hurtado Arquitectos Limitada (en adelante la “Sociedad”). Administración: La representación y administración de la Sociedad y el uso de su razón social corresponderá a los socios doña María Ignacia Hurtado Cruzat y don Juan Cristián Willumsen Jigins, quienes actuando indistinta e individualmente, y anteponiendo a su firma personal la razón social, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, pudiendo también autocontratar con la Sociedad, con todas las facultades señaladas en el Artículo Séptimo de la escritura extractada y sin que la enunciación señalada en dicho artículo importe limitación alguna de esas facultades. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.000.000 que los socios aportaron y enteraron de la siguiente manera: (i) doña María Ignacia Hurtado Cruzat, la suma de $500.000, equivalentes a un 50% de participación en el capital social; (ii) don Juan Cristián Willumsen Jigins, la suma de $500.000, equivalentes a un 50% de participación en el capital social. Objeto: La Sociedad tiene por objeto: (a) la prestación de servicios de asesoría profesional, a personas naturales y jurídicas, en materias de arquitectura, construcción, inmobiliaria y similares; y (b) en general, actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores. Duración: La duración de la Sociedad será de cinco años a contar de la fecha de la escritura extractada. Este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por período iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota al margen de la inscripción en el Registro de Comercio, con seis meses de anticipación, a lo menos, al vencimiento del período original o al de la prórroga que estuviese vigente. Responsabilidad: La responsabilidad personal de cada socio queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó portador extracto para legalización. Santiago, 8 de marzo de 2024.