SOCIEDAD AGRICOLA EL PRADO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2024
- Repertorio
- 149/2024
- Notario
- MONICA QUIROZ TRUJILLO
- Oficio
- Quinta Notaría de Curicó
- Comuna
- Curicó
Sociedad
- Capital
- $4.100.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEn Teno, República de Chile, a 27 de Febrero de 2024, MONICA QUIROZ TRUJILLO, abogado, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Curicó, con oficio en Avenida Comalle N°101, de la comuna de Teno, certifica: Por escritura pública de 27 de febrero de 2024, Repertorio 149/2024, ante mí, PAULA MARCELA HERRERA ESPINOZA, domiciliada en camino a Sarmiento s, Curicó; MARIA CLAUDIA HERRERA ESPINOZA, domiciliada en camino El Boldo s, Santa Julia, Curicó; ALBERTO ARTURO HERRERA ESPINOZA, por sí y en representación de ALBERTO ATILIO HERRERA CASALE, ambos domiciliados en calle Carmen N°675, Oficina 25, Curicó; CLAUDIO VICTOR SENEN HERRERA ESPINOZA, domiciliado en calle San Martín N°585, Curicó, por sí y en representación de MARCELA PATRICIA VILLALOBOS PARRAO, de RAIMUNDO FEDERICO HERRERA VILLALOBOS, y de JOSE DOMINGO HERRERA VILLALOBOS, todos domiciliados en calle San Martín N°585, Curicó; CLAUDIO VICTOR HERRERA VILLALOBOS, domiciliado en calle San Martin N°585, Curicó; SILVIA DEL CARMEN ESPINOZA ELGUETA, con domicilio en camino El Boldo s , Santa Julia, Curicó; modifican “SOCIEDAD AGRICOLA EL PRADO LIMITADA”, constituida por escritura pública de 23 de abril de 1982, ante el Notario Público de Curicó don Carlos Eva Tapia Suplente del Titular, don Rubén Bravo Valenzuela, extracto inscrito a Fs. 86 Nº 47-bis, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Curicó, año 1982, y publicado en el Diario Oficial del 8 de mayo de 1982, en el siguiente sentido: a) Alberto Atilio Herrera Casale, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales, equivalentes a un 10% del haber social,a doña Paula Marcela Herrera Espinoza, quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de 4.420 UF, pagadera de la forma citada en escritura. b) Alberto Arturo Herrera Espinoza, vende, cede y transfiere parte de sus derechos sociales, equivalentes a un 5% del haber social, a don Claudio Victor Herrera Villalobos quien los compra, acepta y adquiere para sí, en la suma de 2.210 UF, pagadera de la forma citada en escritura. En mérito de las cesiones referidas quedan como únicos y exclusivos socios de la sociedad: Maria Claudia Herrera Espinoza, con una participación de un 10%; Alberto Arturo Herrera Espinoza, con una participación de un 5%; Claudio Victor Senén Herrera Espinoza, con una participación de un 10%; Silvia del Carmen Espinoza Elgueta, con una participación de un 10%; Alberto Atilio Herrera Casale, con una participación de un 30%; Marcela Patricia Villalobos Parrao, con una participación de un 5%; Claudio Victor Herrera Villalobos, con una participación de un 10%; Raimundo Federico Herrera Villalobos, con una participación de un 5%; José Domingo Herrera Villalobos, con una participación de un 5%; y Paula Marcela Herrera Espinoza, con una participación de un 10%; en el capital social e igual proporción en las utilidades y pérdidas de la misma. c) Asimismo, los únicos y actuales socios modifican el artículo octavo de los estatutos, relativo a las utilidades y pérdidas. El capital social asciende actualmente a la suma de $4.100.000, aportado y enterado según estatuto social. La sociedad opera con el RUT Nº 88.860.900-8.- En todo lo no modificado, se mantiene plenamente vigente el pacto social. Demás estipulaciones escritura extractada. Curicó, 27 de febrero de 2024.