INMOBILIARIA Y SERVICIOS TURISMO PARAÍSO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de febrero de 2024
- Notario
- GASTON ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES
- Domicilio
- y Conservador de Minas
Sociedad
- Capital
- $38.100.000 CLP
- Domicilio
- Concepción
- Duración
- La sociedad empezará a regir a contar de la suscripción de la presente escritura y durará por el lapso de 5 años, renovables tácitamente y en forma sucesiva por periodos iguales de 5 años, conforme fórmula señalada en escritura
Objeto social
La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados o sin amoblar, destinados a la explotación de servicios hoteleros y turísticos, sean estos hoteles, cabañas, residenciales y restaurantes, por cuenta propia o ajena, y en general, el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios turísticos; La construcción, edificación, reparación, y montaje de viviendas para habitación o cualquier otro uso, la compraventa de inmuebles, arrendamiento de los mismos, ya sea por cuenta propia o ajena, amoblados o vacíos, ya sea en forma diaria, por meses o años; o cualquier otra actividad que se relacione ya sea directa o indirectamente con lo señalado; ADMINISTRACIÓN Y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGASTON ARIEL SANTIBAÑEZ TORRES, Notario Público y Conservador de Minas, Talcahuano, oficio en Avenida Jorge Alessandri número 3177, Local G 103, Boulevard Mall Plaza del Trébol, de esta comuna; CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 02/02/2024, ante mi don SERGIO ORLANDO TRONCOSO PARRA, cédula de identidad N°9.893.524 - K, GISELA DEL PILAR RIQUELME ANDRADE, cédula de identidad N°15.869.132 - 9, BRENDA ESTEFANÍA TRONCOSO RIQUELME, cédula de identidad N°21.171.024 - 1, y MAIRA SCARLET TRONCOSO RIQUELME, cédula de identidad N°21.719.980 - 8, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada; NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: “INMOBILIARIA Y SERVICIOS TURISMO PARAÍSO LIMITADA”, nombre de fantasía “INMOBILIARIA TURISMO PARAÍSO LTDA”; OBJETO: La adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración u otra forma de explotación, de inmuebles amoblados o sin amoblar, destinados a la explotación de servicios hoteleros y turísticos, sean estos hoteles, cabañas, residenciales y restaurantes, por cuenta propia o ajena, y en general, el desarrollo de todo tipo de proyectos inmobiliarios turísticos; La construcción, edificación, reparación, y montaje de viviendas para habitación o cualquier otro uso, la compraventa de inmuebles, arrendamiento de los mismos, ya sea por cuenta propia o ajena, amoblados o vacíos, ya sea en forma diaria, por meses o años; o cualquier otra actividad que se relacione ya sea directa o indirectamente con lo señalado; ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La administración general, representación y uso de la razón social le corresponderá, a cualquiera de los socios, de manera indistinta, quienes la representarán, ya sea de forma personal o por medio de mandatario, debiendo en este caso efectuar la delegación por escritura pública, expresando en forma taxativa las facultades que se le confieren al mandatario; CAPITAL: $38.100.000, que los socios aportan, de la siguiente manera: A) El socio SERGIO ORLANDO TRONCOSO PARRA aporta la suma de $35.100.000, mediante el aporte en dominio de los inmuebles singularizados en escritura pública extractada. B) La socia GISELA DEL PILAR RIQUELME ANDRADE aporta la suma de $1.000.000 que entera a la caja social en dinero efectivo, en este acto. C) La socia BRENDA ESTEFANÍA TRONCOSO RIQUELME aporta la suma de $1.000.000, que entera a la caja social en dinero efectivo, en este acto. D) La socia MAIRA SCARLET TRONCOSO RIQUELME aporta la suma de $1.000.000, que entera a la caja social en dinero efectivo, en este acto; RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de los respectivos aportes; DURACIÓN: La sociedad empezará a regir a contar de la suscripción de la presente escritura y durará por el lapso de 5 años, renovables tácitamente y en forma sucesiva por periodos iguales de 5 años, conforme fórmula señalada en escritura; DOMICILIO: Concepción, sin perjuicio de que puedan establecerse agencias o sucursales en otras ciudades del país o en el extranjero.- Demás estipulaciones escritura extractada. - Talcahuano, 07 de Marzo de 2024.