Sociedad Lanchas Poniente SpA
Instrumento
- Fecha
- 31 de enero de 2024
- Repertorio
- 3893-2022
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley 1
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMarianela Angélica Bustos Bustos, Notario Púbico suplente del titular don Francisco Javier Muñoz Flores Notario Público y Conservador de Minas de Villarrica con oficio en calle Pedro Montt 305, comuna de Villarrica, certifico que por escritura pública de fecha 31 de Enero de 2024, ante mí, Emilio Francisco Abud Bannen CI 11.633.264-7 y Hernán Enrique Fonseca Illanes C.I. 9.474.171-8, redujeron a escritura pública el Acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Sociedad Lanchas Poniente SpA, celebrada con fecha 27 de enero de 2024, en la cual se acordó, por el 81,25% de las acciones emitidas de la sociedad, lo siguiente: 1.- Sanear conforme a las disposiciones de la Ley 1 9.499 los vicios formales que afectaban a las modificaciones de estatutos los estatutos de la sociedad que se indicar a continuación: a) Modificación de estatutos que consta por escritura pública de fecha 1 de septiembre de 2022, otorgada en la Notaría de Villarrica ante el titular don Francisco Javier Muñoz Flores, repertorio 3893-2022. Vicio consistió. en inscripción tardía del extracto de dicha modificación en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica; b) La modificación de estatutos que consta por escritura pública de fecha 30 de marzo de 2023, otorgada en la Notaría de Villarrica ante el titular don Francisco Javier Muñoz Flores, repertorio 1232-2023. Vicio consistió en inscripción y publicación tardía del extracto de dicha modificación de sociedad, en el Registro de Comercio de Bienes Raíces del Conservador de Villarrica y en el Diario Oficial respectivamente. Los vicios formales antes referidos se sanearon mediante declaración expresa en la Junta de Accionistas contenida en escritura extractada. 2.- Modificar la forma administración de la sociedad para lo cual se acordó: i) eliminar el artículo octavo Bis de los estatutos; y b) Reemplazar el artículo Octavo por un nuevo artículo conforme se indica en la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Marianela Angélica Bustos Bustos, N.P.S. Villarrica 20 de febrero de 2024.