Ruta del Maule Sociedad Concesionaria S.A.
Instrumento
- Fecha
- 28 de febrero de 2024
- Repertorio
- 1872-2024
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Raby Benavente, Notario Titular de la Quinta Notaría de Santiago, domiciliado en Gertrudis Echenique 30, Oficina 32, Las Condes, certifica: Que por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2024, repertorio N°1872-2024 ante mí, se redujo el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de Ruta del Maule Sociedad Concesionaria S.A., inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a fojas 8.541 N°6.967 del año 1996, en la cual se acordó disminuir la frecuencia con la que sesiona el Directorio, sustituyendo en consecuencia el artículo Décimo Séptimo de los estatutos sociales por el que se indica a continuación: "ARTICULO DÉCIMO SÉPTIMO: El Directorio determinará los días y horas en que deba reunirse en sesión ordinaria, las que se celebrarán a lo menos una vez cada tres meses en el año calendario. Habrá sesiones extraordinarias cada vez que las cite el Presidente por iniciativa propia o por indicación de uno o más Directores, sin necesidad de calificación previa de la necesidad de la reunión. No se requerirá de citación para las sesiones ordinarias del Directorio. La citación a sesiones extraordinarias, tanto en primera como en segunda citación, y la citación a sesiones ordinarias en segunda citación, se practicará mediante correo electrónico dirigido a la totalidad de los Directores, con al menos veinticuatro horas de antelación a la celebración de cada sesión extraordinaria u ordinaria en segunda citación. La citación a sesión extraordinaria deberá contener una referencia a las materias a tratarse en ella, la cual podrá omitirse si a la sesión concurriese la unanimidad de los Directores de la Sociedad. No será necesario acreditar la citación ante terceros. Si por cualquier motivo no se llevare a cabo una sesión de Directorio, se citará a una nueva en la forma antes indicada para ser celebrada dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha en que debió celebrarse la sesión de Directorio conforme a la primera citación. Las sesiones de Directorio serán presenciales y se celebrarán en un lugar que se encuentre dentro del domicilio social, salvo acuerdo unánime de los Directores. No obstante lo anterior, se entenderán presentes en las sesiones aquellos Directores que, a pesar de no encontrarse físicamente presentes, estén comunicados simultánea y permanentemente a través de medios tecnológicos autorizados por la Comisión para el Mercado Financiero y de conformidad con el artículo cuarenta y siete de la Ley, pudiendo todos los directores participar de esta forma. En estos casos, sus asistencia y participación en la sesión deberá ser certificada bajo la responsabilidad del Presidente y del Secretario del Directorio”.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de Marzo de 2024.- Patricio Raby Benavente. Notario Titular.