ASESORÍAS SPEKTRA AUSTRALIS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 23 de febrero de 2024
- Repertorio
- 499-24
- Notario
- JOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DEMANDES
- Oficio
- Segunda Notaría de Punta Arenas
- Comuna
- Punta Arenas
Sociedad
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y de la Antártica chilena
- Duración
- Cinco años, prorrogable. RESPONSABILIDAD: La
Objeto social
El objeto de la sociedad será la asesoría, prestación, invención, contratación, subcontratación, representación de servicios relacionados con rubros directa e indirectamente relacionados con proyectos de energía renovables y no renovables, proyectos de energías nuevas y emergentes, como hidrogeno verde y otras, prospecciones mineras, proyectos hidrogeológicos, prospecciones en general, proyectos ambientales, declaraciones de impacto ambiental y estudios de impacto ambiental, estudios y evaluaciones de ingeniería, técnicas y jurídicas de todos los rubros anteriores; dar servicios de asesorías administrativas, financieras y computacionales; las importaciones, exportaciones, representaciones, consignaciones, mantención, distribución y compraventa por cuenta propia y)o ajena de toda clase de mercaderías, productos, repuestos, accesorios, materias primas, maquinarias, artículos electrónicos y eléctricos en general, artículos e implementos deportivos, bienes muebles en general, y valores mobiliarios; la fabricación y comercialización de toda clase de artículos de uso doméstico industrial o agrícola; la comercialización y distribución de lubricantes y combustibles; la comercialización de productos agrícolas, hortalizas y)o frutícolas; la explotación, compraventa y comercialización de maderas en bruto y elaboradas; tomar en custodia como almacén de depósito en bodegaje en toda clase de productos y)o mercancías; obras de instalaciones en general; asesoría y proyectos de ingeniería, movimientos de tierras; explotación, compraventa y arriendo en cualquier forma de inmuebles urbanos o bienes raíces agrícolas y)o su producción, de que la sociedad sea dueña o de cuya tenencia goce a cualquier título; arriendo y subarriendo de espacios y bodegas de almacenaje de productos, insumos y mercaderías en general; la agencia, representación o administración de cualquier clase de bienes o negocios de cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera; la representación o servicios de agente, intermediario, corredor, comisionista consignatario, incluyendo el ramo de seguros; celebrar convenios actos y contratos y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualquiera de sus formas y, en general, ejecutar actos comerciales de su giro o de cualesquiera otros ramos que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales. La sociedad podrá, asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir y modificar sociedades, asumir la administración de las mismas, integrar como asociada o en otra forma, directamente o con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones, asociaciones y)o en general entidades, de cualquier clase o naturaleza tanto en Chile como en el extranjero y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y que estén asociados y)o sean necesarios para la concreción del giro social, y cualquier otra actividad que de común acuerdo determinen los
Administración
Corresponderá indistintamente a ambos socios, señores ALFREDO EDUARDO FONSECA MIHOVILOVIC y PABLO WALTER RADRIGÁN BATTERSHILL quienes podrán actuar individual y separadamente, con las facultades y limitaciones señaladas en escritura extractada
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Alfredo Eduardo Fonseca Mihovilovic | socio | 7166406-6 | — | — | |
| Pablo Walter Radrigán Battershill | socio | 8328103-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJOSÉ ANTONIO MARTÍNEZ DEMANDES, abogado, Notario Público de la Segunda Notaría de Punta Arenas, con oficio en calle 21 de mayo 1123, ciudad y comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y de la Antártica chilena, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de febrero de 2024, repertorio N°499-24, ante mí, don Alfredo Eduardo Fonseca Mihovilovic, Cédula de Identidad N° 7.166.406-6, domiciliado en Avenida Los Flamencos N°02197, comuna de Punta Arenas, Región de Magallanes y de la Antártica chilena, y don Pablo Walter Radrigán Battershill, Cédula de Identidad N° 8.328.103-0, domiciliado en calle Seis Oriente 241 Depto. 21-C, comuna y ciudad de Viña del Mar; constituyeron una sociedad de profesionales bajo la forma de una Sociedad de Responsabilidad Limitada de cuyos estatutos extracto lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: “ASESORÍAS SPEKTRA AUSTRALIS LIMITADA”, pudiendo utilizar el nombre de fantasía “SPEKTRA LTDA.” DOMICILIO: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Punta Arenas, Región de Magallanes y de la Antártica chilena, sin perjuicio de poder establecer agencias o sucursales en otros lugares, dentro o fuera del país. OBJETO: El objeto de la sociedad será la asesoría, prestación, invención, contratación, subcontratación, representación de servicios relacionados con rubros directa e indirectamente relacionados con proyectos de energía renovables y no renovables, proyectos de energías nuevas y emergentes, como hidrogeno verde y otras, prospecciones mineras, proyectos hidrogeológicos, prospecciones en general, proyectos ambientales, declaraciones de impacto ambiental y estudios de impacto ambiental, estudios y evaluaciones de ingeniería, técnicas y jurídicas de todos los rubros anteriores; dar servicios de asesorías administrativas, financieras y computacionales; las importaciones, exportaciones, representaciones, consignaciones, mantención, distribución y compraventa por cuenta propia y/o ajena de toda clase de mercaderías, productos, repuestos, accesorios, materias primas, maquinarias, artículos electrónicos y eléctricos en general, artículos e implementos deportivos, bienes muebles en general, y valores mobiliarios; la fabricación y comercialización de toda clase de artículos de uso doméstico industrial o agrícola; la comercialización y distribución de lubricantes y combustibles; la comercialización de productos agrícolas, hortalizas y/o frutícolas; la explotación, compraventa y comercialización de maderas en bruto y elaboradas; tomar en custodia como almacén de depósito en bodegaje en toda clase de productos y/o mercancías; obras de instalaciones en general; asesoría y proyectos de ingeniería, movimientos de tierras; explotación, compraventa y arriendo en cualquier forma de inmuebles urbanos o bienes raíces agrícolas y/o su producción, de que la sociedad sea dueña o de cuya tenencia goce a cualquier título; arriendo y subarriendo de espacios y bodegas de almacenaje de productos, insumos y mercaderías en general; la agencia, representación o administración de cualquier clase de bienes o negocios de cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera; la representación o servicios de agente, intermediario, corredor, comisionista consignatario, incluyendo el ramo de seguros; celebrar convenios actos y contratos y desarrollar actividades relacionadas con el objeto social en cualquiera de sus formas y, en general, ejecutar actos comerciales de su giro o de cualesquiera otros ramos que los socios acuerden, en los cuales se podrá celebrar toda clase de actos y contratos mercantiles o administrativos que sean conducentes al mejor cumplimiento de los fines sociales. La sociedad podrá, asimismo, para un mejor y adecuado cumplimiento de su objeto social, constituir, adquirir y modificar sociedades, asumir la administración de las mismas, integrar como asociada o en otra forma, directamente o con terceros o sociedades filiales, sociedades, instituciones, asociaciones y/o en general entidades, de cualquier clase o naturaleza tanto en Chile como en el extranjero y en general, realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y que estén asociados y/o sean necesarios para la concreción del giro social, y cualquier otra actividad que de común acuerdo determinen los socios. CAPITAL SOCIAL: El capital social es la suma de diez millones de pesos chilenos, que los socios aportan de la siguiente manera: (I) Don ALFREDO EDUARDO FONSECA MIHOVILOVIC aporta la suma de cinco millones de pesos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales; y, (II) don PABLO WALTER RADRIGÁN BATTERSHILL aporta la suma de cinco millones de pesos chilenos, equivalente al cincuenta por ciento de los derechos sociales. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá indistintamente a ambos socios, señores ALFREDO EDUARDO FONSECA MIHOVILOVIC y PABLO WALTER RADRIGÁN BATTERSHILL quienes podrán actuar individual y separadamente, con las facultades y limitaciones señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: Cinco años, prorrogable. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Punta Arenas, 06 de marzo de 2024.