DOCTOR RICARDO POMMER T. SERVICIOS MÉDICOS SpA
Instrumento
- Fecha
- 22 de febrero de 2024
- Repertorio
- 2709
- Notario
- s estipulaciones constan en la escritura extractada. Luis Ignacio Manquehual Mery
- Domicilio
- Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $338.680.400 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLuis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la 8va Notaría de Santiago, domiciliado en Huérfanos Nº 941, oficina 302, Santiago, certifica: que por Junta Extraordinaria de Accionistas de fecha 6 de febrero de 2024, a la cual comparece el 100% de las acciones válidamente emitidas de DOCTOR RICARDO POMMER T. SERVICIOS MÉDICOS SpA, en adelante también la “Sociedad”, y el Notario Titular de esta Notaría, la cual fue reducida a escritura pública ante mí, con fecha 22 de febrero de 2024, bajo el Repertorio N° 2.709, la totalidad de los accionistas vigentes a la fecha de la Junta de la sociedad “DOCTOR RICARDO POMMER T. SERVICIOS MÉDICOS SpA”, don Ricardo Agustín Hernán Pommer Téllez, doña Victoria del Pilar Repetto Campos, doña María Victoria Campos Acevedo, doña Claudia Andrea Repetto Campos y Ricardo Pommer T. Inversiones SpA, debidamente representada por don Ricardo Agustín Hernán Pommer Téllez, modificaron la Sociedad “DOCTOR RICARDO POMMER T. SERVICIOS MÉDICOS SpA”, inscrita a fojas 3.363, N° 2.002 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2016. Modificaciones: Aumento de capital. La Junta acordó unánimemente un aumento de capital de la sociedad, mediante la emisión de 33.868 nuevas acciones de pago, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, por un valor total de $338.680.400. En virtud de lo anterior, se modificó el pacto social de la Sociedad, reemplazándose el Artículo Cuarto por el siguiente nuevo texto: “Artículo Cuarto: El capital de la sociedad es de $339.680.400, dividido en 33.968 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y se pagan en la forma que señala la Disposición Complementaria Uno de estos estatutos. Dicho capital se mantendrá invariable mientras no sea aumentado o disminuido por reforma de este estatuto, quedando aquí explícitamente establecido: a) que la disminución del capital no requerirá unanimidad; b) que no tendrá aplicación para la compañía lo dispuesto en el artículo trece de la Ley de Sociedades Anónimas, ni lo dispuesto en el artículo veintisiete de su reglamento, ni ninguna otra disposición que entrabe o establezca requisitos para la emisión de acciones de cualquier clase o para la creación o modificación de privilegios o restricciones para ellas; y c) que tampoco tendrán aplicación para la compañía ni el ajuste de pleno derecho que establece el artículo décimo de la Ley de Sociedades Anónimas ni cualquiera otra norma de efecto similar, que no le sea de suyo obligatoria.”. Asimismo, se modificó también la Disposición Complementaria Uno, la cual es reemplazada por el siguiente nuevo texto “DECLARACIONES Y DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS: UNO) Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de $339.680.400, dividido en 33.968 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las cuales son suscritas y pagadas de la siguiente manera: a) don Ricardo Agustín Hernán Pommer Téllez, suscribe 33.908 acciones, equivalentes a la suma de $339.080.400, correspondientes al 99,82 por ciento del capital social, 40 de ellas se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha, y las restantes 33.868 acciones por un valor de $338.680.400, se pagan en este acto a través del aporte a valor tributario de 600 acciones de la sociedad UMR Monteblanco Servicios Médicos SpA; b) doña Victoria del Pilar Repetto Campos, suscribe 10 acciones, equivalentes a la suma de $100.000, correspondientes al 0,03 por ciento del capital social, las cuales se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha; c) doña María Victoria Campos Acevedo, suscribe 10 acciones, equivalentes a la suma de $100.000, correspondientes al 0,03 por ciento del capital social, las cuales se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha; d) Claudia Andrea Repetto Campos, suscribe 10 acciones, equivalentes a la suma de $100.000, correspondientes al 0,03 por ciento del capital social, las cuales se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha; y, e) Ricardo Pommer T. Inversiones SpA, suscribe 30 acciones, equivalentes a la suma de $300.000, correspondientes al 0,09 por ciento del capital social, las cuales se encuentran pagadas con anterioridad a esta fecha. De esta manera, se encuentra íntegramente suscrito y pagado el capital social.”. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular, Santiago, 06 de marzo de 2024.