SBE Servicios Profesionales Limitada
Instrumento
- Fecha
- 4 de marzo de 2024
- Repertorio
- 3325-2024
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33a Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago
- Duración
- La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá un plazo de duración de tres años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la sociedad será la prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios profesionales de abogados a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, incluyendo los servicios legales de representación en todo tipo de procedimientos judiciales, arbitrales, administrativos, aduaneros y de cualquier otra naturaleza, como también la asesoría legal permanente o transaccional a sus clientes en todo tipo de operaciones comerciales y de inversión, y toda otra actividad relacionada a la prestación de esos servicios profesionales
Administración
La representación, administración y el uso de la razón social corresponderá a Sebastián Barros Eyzaguirre, quien anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrá actuar a nombre de la sociedad representándola judicial y extrajudicialmente, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con las más amplias facultades de administración y disposición
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Notario Público de la 33a Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N° 979, oficina 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que: por escritura pública de fecha 4 de marzo de 2024, bajo el repertorio 3.325-2024, ante mí, Sebastián Barros Eyzaguirre, cédula nacional de identidad N° 17.084.919-1, y Diego Ignacio Rodríguez Valdés, cédula nacional de identidad N° 13.829.825-6, ambos domiciliado para estos efectos en Avenida Costanera Sur 2.730, piso 9, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “SBE Servicios Profesionales Limitada”. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación, por cuenta propia o ajena, de servicios profesionales de abogados a personas naturales y jurídicas, nacionales y extranjeras, incluyendo los servicios legales de representación en todo tipo de procedimientos judiciales, arbitrales, administrativos, aduaneros y de cualquier otra naturaleza, como también la asesoría legal permanente o transaccional a sus clientes en todo tipo de operaciones comerciales y de inversión, y toda otra actividad relacionada a la prestación de esos servicios profesionales. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de que pueda ejercer sus actividades en cualquier lugar del territorio nacional y en el extranjero. Duración: La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha de la presente escritura y tendrá un plazo de duración de tres años, plazo que se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término por medio de escritura pública, de la que se tomará nota al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio con, a lo menos, seis meses de anticipación a la fecha de expiración del plazo o de cualquiera de sus prórrogas. Capital: El capital de la sociedad es la cantidad de $100.000, que los socios aportaron y pagaron en dicho acto, al contado y en dinero en efectivo, en la siguiente proporción: /a/ Sebastián Barros Eyzaguirre aportó y pagó en dicho acto la cantidad $99.900, equivalente al 99,9% de los derechos sociales, a entera satisfacción del otro socio y de la sociedad; y /b/ Diego Ignacio Rodríguez Valdés aportó y pagó en dicho acto la cantidad de $100, equivalente al 0,1% de los derechos sociales, a entera satisfacción del otro socio y de la sociedad. Los socios dieron por íntegramente enterado y pagado el capital. Administración y Uso de la Razón Social: La representación, administración y el uso de la razón social corresponderá a Sebastián Barros Eyzaguirre, quien anteponiendo su nombre y firma a la razón social, podrá actuar a nombre de la sociedad representándola judicial y extrajudicialmente, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera, que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, con las más amplias facultades de administración y disposición. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 5 de marzo de 2024.