MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

LAP Inmobiliaria Limitada

RUT 76264403-7 CVE 2463822
Fecha instrumento
23 de febrero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
23 de febrero de 2024
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8º Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, abogado, Notario Público Titular de la 8º Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos Nº 941, local 302, Santiago, certifico: Que por escritura pública de fecha 23 de febrero de 2024, otorgada ante mí, bajo repertorio número 2.735/2024, ATC Chile Holding LLC, rol único tributario número 59.161.420-7, y American Tower International, Inc., rol único tributario número 59.186.400-9, ambas domiciliadas para estos efectos en Cerro El Plomo N° 5.420, oficina 405, comuna de Las Condes, Santiago, Región Metropolitana, modificaron la sociedad “LAP Inmobiliaria Limitada”, inscrita a fojas 7.834, número 5.552 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2013 (en adelante, la “Sociedad”), reemplazando el Artículo Séptimo de los estatutos de la Sociedad, relativo a la administración, representación y uso de la razón social, en el sentido de establecer que la administración de la Sociedad corresponderá a las siguientes personas, en calidad de Administradores: Uno) Como Apoderados Tipo A, Raphael Pimentel De Oliveria Cruz, Luis Ricardo Jara Calle, y Priscila de Barros Oliva Arruda; Dos) Como Apoderados Tipo B, Marioly Andrea Barrientos Hermosilla, Luisela Margarita Martínez Villegas, Macarena Ignacia Vassallo Cabello, María José Olavarría Loyola, y Leonardo Darío Arena; y Tres) Como Apoderados Tipo T, a Robert D. Peckman, Rafael Lopes de Castro, Armando Joseph Cortina y Chris Oosthuizen, los que podrán actuar en la forma y con las facultades establecidas en la escritura extractada. Adicionalmente, se otorgaron poderes a doña Marcela Calle Restrepo, Miguel Angel Arias Viracacha y María Cecilia Montello quienes actuarán con las facultades y de la forma indicada en la escritura. En lo modificado se mantienen plenamente vigentes las demás cláusulas del pacto social, en especial en lo relativo a que la responsabilidad de los socios queda limitado al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 1 de marzo de 2024.