EDITORIAL LUZ LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2024
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $210.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N° 7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 15 de febrero del año 2024, ante mí: la sociedad INVERSIONES ANFRASOL LIMITADA y la sociedad INVERSIONES ANFRADOS SOCIEDAD ANÓNIMA, todos domiciliados en Avenida Las Condes número 9.460, oficina 1.502, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; celebraron “aumento de capital y modificación de sociedad EDITORIAL LUZ LIMITADA”, sociedad inscrita a fojas 40.278 número 26.938, CBR Reg. Com. Stgo., año 2013, y acordaron: I.- AUMENTO DE CAPITAL. Se aumenta el capital social, de la suma de $210.000.000 a la suma de $450.000.000, es decir, se aumenta el capital en la suma de $240.000.000 que suscribe, paga y pagará la socia INVERSIONES ANFRADOS SOCIEDAD ANÓNIMA según escritura extractada. II.- MODIFICACIONES SOCIALES. Como consecuencia del aumento de capital, los socios acordaron modificar los estatutos sociales, en lo relativo capital social, reemplazando la el artículo quinto de los estatutos sociales por el del siguiente tenor extractado: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la suma única y total de $450.000.000, que los socios aportan y enteran en arcas sociales de la siguiente manera: a) La sociedad INVERSIONES ANFRADOS SOCIEDAD ANÓNIMA aporta la suma de $449.910.000, equivalentes al 99.98% del total del capital social, del cual: i) la suma de $388.635.706 se encuentra íntegramente pagada y enterada en arcas sociales con anterioridad a esta fecha; y ii) la suma de $61.274.294 se enterará en el plazo máximo de tres años contados desde la fecha de escritura extractada, mediante el aporte de dinero, bienes muebles o bienes inmuebles; b) La sociedad INVERSIONES ANFRASOL LIMITADA aporta la suma de $90.000, equivalentes al 0,02% del total del capital social, el que se encuentra íntegramente pagado y enterado en arcas sociales.” Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 1 de Marzo de 2024.