MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Asesoría e Inversiones Cruz Ananías Limitada

RUT 76181061-8 CVE 2463741
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
26 de febrero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
26 de febrero de 2024
Repertorio
1431/2024
Notario
Myriam Amigo Arancibia
Oficio
21ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Myriam Amigo Arancibia, Abogado, Notario Público Titular, 21ª Notaría de Santiago, Huérfanos Nº 578, Santiago, certifica que por escritura pública de fecha 26 de febrero de 2024, Repertorio N° 1.431/2024, ante mi notario suplente doña Paulina Cecilia Miranda Hiriart, comparecieron: Don Alberto Cruz Camalez, cédula nacional de identidad número 12.517.656- 9, doña Isidora Antonia Cruz Ananías, cédula nacional de identidad número 20.808.149-7, y doña Leyla Alejandra Ananías Gajardo, cédula nacional de identidad número 13.068.013-5, todos domiciliados para estos efectos en Los Avellanos número 17, condominio Los Bosques, Chicureo, comuna de Colina, Región Metropolitana, en su calidad de actuales y únicos socios de la sociedad “Asesoría e Inversiones Cruz Ananías Limitada” (en adelante también denominada como la “Sociedad”), Rol Único Tributario número 76.181.061-8, cuya inscripción social consta a fojas 70.782, número 51.806 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2011, acordaron modificarla en los siguientes términos: I/ doña Leyla Alejandra Ananías Gajardo vende, cede y transfiere el 1% de sus derechos sociales en la Sociedad, previa autorización de los demás socios, a doña Isidora Antonia Cruz Ananías, equivalentes a la cantidad de $10.000 sobre el capital suscrito y pagado. II/ doña Leyla Alejandra Ananías Gajardo vende, cede y transfiere el 9% de sus derechos sociales en la Sociedad, previa autorización de los demás socios, a don Alberto Cruz Camalez, equivalentes a la cantidad de $90.000 sobre el capital suscrito y pagado. III/ Los actuales y únicos socios acordaron modificar el artículo quinto del pacto social por el que se transcribe a continuación “QUINTO: El capital de la sociedad será la suma de un millón de pesos, que los socios aportan en este acto y en dinero en efectivo a la caja social, de la siguiente forma: a) don Alberto Cruz Camalez aporta un noventa y nueve por ciento del capital social de la sociedad, esto es el monto de novecientos noventa mil pesos; y, b) doña Isidora Antonia Cruz Ananías aporta un uno por ciento del capital social de la sociedad, esto es el monto de diez mil pesos”. IV/ Los actuales y únicos socios acordaron modificar el artículo octavo del pacto social, en el sentido de establecer que el uso de la razón social, administración y representación le corresponderá al socio Alberto Cruz Camalez, y que, en caso de ausencia o fallecimiento de este último, lo cual no será necesario acreditar ante terceros, la representación la ejercerá Isidora Antonia Cruz Ananías. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. En lo no modificado, permanecen vigentes los estatutos de la Sociedad, en especial en lo que respecta a la limitación de responsabilidad de los socios al monto de sus respectivos aportes. Se facultó al portador de extracto para su legalización. Santiago, 28 de febrero de 2024.-