Agrícola Norte Talinay Limitada
Instrumento
- Fecha
- 2 de enero de 2024
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $100.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJuan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 2 de enero de 2024 de repertorio número 78/2024, ante mí, don Orlando Chacra Orfalí, don Omar Cahcra Orfalí, doña Luz María Chacra Orfalí, doña Verónica del Carmen Chacra Orfalí, don Orlando Ignacio Chacra Corvillón, doña María Bernardita Chacra Corvillón, doña María Carolina Chacra Corvillón, Inversiones Invorcha S.A., Inversiones Invomar Limitada e Inversiones Phoenix Limitada, en su calidad de únicos y actuales accionistas y/o socios según corresponda de “Agrícola Altos de Talinay SpA”, sociedad inscrita a fojas 80.515 número 56.130 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012; y de “Agrícola Norte Talinay Limitada”, sociedad inscrita a fojas 72.337 número 50.262 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2012, todos domiciliados para estos efectos en El Bosque Norte 0440, oficina 401, comuna de Las Condes, Santiago, acordaron lo siguiente: (i) Fusión de Agrícola Altos de Talinay SpA en Agrícola Norte Talinay Limitada. Se acordó la fusión de Agrícola Altos de Talinay SpA, en adelante la “ Sociedad Absorbida”, en Agrícola Norte Talinay Limitada, en adelante la “Sociedad Absorbente”, con efecto y vigencia a partir de la fecha de la escritura extractada. Como consecuencia de la fusión, la Sociedad Absorbente adquirió todos los activos y pasivos de la Sociedad Absorbida, sucediéndola en todos sus derechos y obligaciones. (ii) Disolución de Agrícola Altos de Talinay SpA. Como consecuencia de la fusión acordada, la Sociedad Absorbida se disuelve a contar de la fecha de la escritura extractada, quedando radicados en la Sociedad Absorbente, todos los activos y pasivos que tenía la Sociedad Absorbida. (iii) Aumento capital de Agrícola Norte Talinay Limitada. Como resultado de la fusión, la Sociedad Absorbente aumentó su capital social, el que a la fecha de la escritura extractada ascendía a la suma de $100.000.000, a la suma de $15.300.000.000, esto es en la cantidad de $15.200.000.000, íntegramente suscrito y pagado mediante el aporte de la totalidad del activo, pasivo y patrimonio de la Sociedad Absorbida que se traspasó a la Sociedad Absorbente en virtud de la fusión. (iv) Modificación de socios y de los estatutos de la Sociedad Absorbente. Como consecuencia de los acuerdos señalados precedentemente, Inversiones Invorcha S.A., Inversiones Invomar Limitada e Inversiones Phoenix Limitada ingresaron como socios de Agrícola Norte Talinay Limitada y se acordó reemplazar el artículo tercero de los estatutos sociales de la Sociedad Absorbente por el siguiente: “Artículo Tercero: Capital. El capital de la Sociedad es la suma de quince mil trescientos millones de pesos, que los socios han aportado con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: i) don Orlando Chacra Orfalí aportó y pagó el equivalente al veintidós coma cinco cuatro por ciento de los derechos sociales; ii) don Omar Chacra Orfalí aportó y pagó el equivalente al veintidós coma dos seis por ciento de los derechos sociales; iii) doña Luz María Chacra Orfalí aportó y pagó el equivalente al dos coma uno por ciento de los derechos sociales; iv) doña Verónica del Carmen Chacra Orfalí aportó y pagó el equivalente al dos coma uno por ciento de los derechos sociales; v) don Orlando Ignacio Chacra Corvillón aportó y pagó el equivalente al siete por ciento de los derechos sociales; vi) doña María Bernardita Chacra Corvillón aportó y pagó el equivalente al siete por ciento de los derechos sociales; vii) doña María Carolina Chacra Corvillón aportó y pagó el equivalente al siete por ciento de los derechos sociales; viii) Inversiones Invorcha S.A. aportó y pagó el equivalente al dieciséis coma cinco por ciento de los derechos sociales; ix) Inversiones Invomar Limitada aportó y pagó el equivalente al siete coma cinco por ciento de los derechos sociales; y x) Inversiones Phoenix Limitada aportó y pagó el equivalente al seis por ciento de los derechos sociales. La responsabilidad de los socios que limitada al monto de sus aportes.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 20 de febrero de 2024.