Instrumento
- Fecha
- 27 de febrero de 2024
- Repertorio
- 890-24
- Notario
- EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS
- Oficio
- Vigésima Novena Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000 CLP
- Domicilio
- la comuna de Santiago, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana; pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero
- Duración
- Indefinida
Objeto social
: A) El desarrollo de toda la actividad tendiente al rubro de la peluquería, cuidado del cabello en general Unisex ;incluyendo entre otros, los tratamientos capilares, peluquería, cosmetología, , manicure, pedicure, depilación y todo tipo de tratamientos en la materia. Además para llevar a cabo las actividades anteriormente mencionadas la sociedad podrá realizar compras, ventas, adquisición, enajenación, comercialización, elaboración, importación, exportación, representación de todo tipo de bienes, productos, insumos instrumentales y equipamiento, relacionado con la peluquería y la belleza de todo tipo de productos de perfumería, cosméticos, de limpieza, y de todo tipo de implementos de peluquería y cosmética unisex, así como toda clase de máquinas, vestuario, accesorios, productos cosmetológicos y naturales; todo lo que esté, de cualquiera forma, relacionado, en la actualidad o en el futuro, con todo lo dicho B) En concordancia con lo mencionado en la letra A), la sociedad realizará importación, exportación, distribución, compra, venta, arrendamiento, comercialización de toda clase de producto y bienes en general que sirvan directa o indirectamente para llevar a cabo el objeto de la sociedad, y sin que la enumeración que siga sea taxativa se refiere a secador de cabello plancha para rizado; plancha para alisado; Secador de casco; fijador con rodillo; cepillo redondo para cabello; peine de desenredado; lavamanos; delantal para estilistas; accesorios para salones de belleza; sillones reclinables; toallas de mano; tijeras de cabello y estantes para tijeras; tapetes y guantes resistentes al calor; toallas de mano resistentes a los blanqueadores; capas profesionales para peluquerías; horquillas para peinados de estilistas; cepillos para colocación de tinturas; Guantes profesionales para teñir el cabello; Gorros para procesamiento del color del cabello; tapete para espacio de peinado resistente al calor; tazones para mezclar las tinturas, repuestos para maquinas, cremas relacionadas al giro, y en general cualquier producto relacionado al rubro de la peluquería y estilista. C) La prestación de servicios tales como asesorías, consultorías, desarrollo de proyectos, capacitaciones, charlas, cursos y cualquier otra actividad que los socios acuerden realizar relacionadas al rubro de la peluquería, manicure, estética y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las mencionadas con anterioridad. D) La sociedad podrá realizar, acordar, celebrar y ejecutar toda clase de actos mercantiles civiles, administrativos, tanto con personas naturales como personas jurídicas, sean públicas o privadas, con o sin fines de lucro, nacionales e internacionales, para llevar a cabo su
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalEVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, Notario Público Titular de la Vigésima Novena Notaría de Santiago, con oficio en calle Mac Iver N°225, oficina 302, certifico que: por escritura pública de fecha 27 de febrero de 2024, Repertorio 890-24 certifico que: don JEFFERSON GUILLERMO MENESES, colombiano, soltero, peluquero, cedula de identidad para extranjero número veintisiete millones doscientos nueve ciento noventa y nueve guion nueve, domiciliado para estos efectos en calle Tucapel Jiménez número cincuenta y seis, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y don JACKSON JOSÉ QUINTERO FORNICA, venezolano, soltero, estilista, cédula de identidad para extranjero número veintiséis millones cuatrocientos ochenta y cinco mil quinientos siete guion uno, domiciliado para estos efectos en calle Tucapel Jiménez número cincuenta y seis, comuna de Santiago, Región Metropolitana, constituye sociedad por acciones, de cuyos estatutos extracto: Nombre: “SALÓN DE BELLEZA INTEGRAL HAIR CLUB SpA” Domicilio: Su domicilio será en la comuna de Santiago, Ciudad de Santiago, Región Metropolitana; pudiendo establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: : A) El desarrollo de toda la actividad tendiente al rubro de la peluquería, cuidado del cabello en general Unisex ;incluyendo entre otros, los tratamientos capilares, peluquería, cosmetología, , manicure, pedicure, depilación y todo tipo de tratamientos en la materia. Además para llevar a cabo las actividades anteriormente mencionadas la sociedad podrá realizar compras, ventas, adquisición, enajenación, comercialización, elaboración, importación, exportación, representación de todo tipo de bienes, productos, insumos instrumentales y equipamiento, relacionado con la peluquería y la belleza de todo tipo de productos de perfumería, cosméticos, de limpieza, y de todo tipo de implementos de peluquería y cosmética unisex, así como toda clase de máquinas, vestuario, accesorios, productos cosmetológicos y naturales; todo lo que esté, de cualquiera forma, relacionado, en la actualidad o en el futuro, con todo lo dicho B) En concordancia con lo mencionado en la letra A), la sociedad realizará importación, exportación, distribución, compra, venta, arrendamiento, comercialización de toda clase de producto y bienes en general que sirvan directa o indirectamente para llevar a cabo el objeto de la sociedad, y sin que la enumeración que siga sea taxativa se refiere a secador de cabello plancha para rizado; plancha para alisado; Secador de casco; fijador con rodillo; cepillo redondo para cabello; peine de desenredado; lavamanos; delantal para estilistas; accesorios para salones de belleza; sillones reclinables; toallas de mano; tijeras de cabello y estantes para tijeras; tapetes y guantes resistentes al calor; toallas de mano resistentes a los blanqueadores; capas profesionales para peluquerías; horquillas para peinados de estilistas; cepillos para colocación de tinturas; Guantes profesionales para teñir el cabello; Gorros para procesamiento del color del cabello; tapete para espacio de peinado resistente al calor; tazones para mezclar las tinturas, repuestos para maquinas, cremas relacionadas al giro, y en general cualquier producto relacionado al rubro de la peluquería y estilista. C) La prestación de servicios tales como asesorías, consultorías, desarrollo de proyectos, capacitaciones, charlas, cursos y cualquier otra actividad que los socios acuerden realizar relacionadas al rubro de la peluquería, manicure, estética y cualquier otra actividad relacionada directa o indirectamente con las mencionadas con anterioridad. D) La sociedad podrá realizar, acordar, celebrar y ejecutar toda clase de actos mercantiles civiles, administrativos, tanto con personas naturales como personas jurídicas, sean públicas o privadas, con o sin fines de lucro, nacionales e internacionales, para llevar a cabo su objeto social. E) Inversiones en toda clase de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, derechos en sociedades y toda clase de títulos o valores mobiliarios; desarrollar proyectos de inversión en sus formas más amplias, adquirir, enajenar y explotar toda clase de inmuebles, rústicos o urbanos, por cuenta propia o de terceros; concurrir a la constitución y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas o de cualquier otro tipo, comunidades, Joint Ventures y asociaciones en general; y realizar todo cuanto sea conducente o relacionado con cualquiera de las actividades antes mencionadas. F) Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá realizar todos los actos y celebrar todos los contratos y negociaciones que tiendan a la consecución o que se relacionen con los fines sociales, pudiendo dedicarse también a cualquier otra actividad que los socios acuerden. Puede establecer sucursales en Chile y en el extranjero, participar en empresas en Chile y en el extranjero, adquirir empresas similares o relacionadas o asociarse con ellas, así como realizar transacciones y contratos que son adecuados para promover el propósito de la empresa o que están directa o indirectamente vinculados a ella. Puede comprar, administrar, vender propiedades, derechos de propiedad, patentes y licencias de todo tipo. Para llevar a efecto sus operaciones la sociedad podrá efectuar y celebrar toda clase de actos y contratos sin limitación alguna. G) En general la sociedad podrá realizar cualquier tipo de actividad que el o los socios acuerden en el futuro siempre que sea licita y se encuentra ajustada a la normativa aplicable.; Capital: $5.000.000 de pesos chilenos, dividido en 5.000 de acciones nominativas, sin valor nominal y de serie única, el cual se encuentra totalmente suscrito y pagado de la siguiente forma: A) JEFFERSON GUILLERMO MENESES, suscribe dos mil quinientas acciones, equivalentes a dos millones quinientos mil pesos, que paga en este acto en dinero efectivo; JACKSON JOSÉ QUINTERO FORNICA, suscribe dos mil quinientas acciones, equivalentes a dos millones quinientos mil pesos, que paga en este acto en dinero efectivo; quedando así el capital suscrito y pagado en su totalidad en este acto.; Duración: Indefinida. Las demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 27 de febrero de 2024.