Instrumento
- Fecha
- 1 de marzo de 2024
- Notario
- PATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO
- Oficio
- Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Objeto social
El objeto de la sociedad es i) el desarrollo de actividades y negocios agrícolas; ii) la construcción, desarrollo, explotación y administración de predios urbanos y agrícolas, por su propia cuenta o en representación de terceros, y la percepción y comercialización de frutas de cualquier especie producidas por la sociedad; iii) comprar, vender, procesar, producir o comercializar, ya sea por cuenta propia o en interés de terceros, todo tipo de frutas y semillas; iv) la prestación de todo tipo servicios profesionales relacionados a la agricultura para personas o empresas, ya sea por cuenta propia o en interés de terceros. Para el cumplimiento del objeto señalado, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y asociada o en coparticipación con terceros. La sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad acordada por sus accionistas;
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPATRICIO GUILLERMO COROMINAS MELLADO, Abogado, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa número mil doscientos uno, local ciento uno, certifica que: por escritura pública de fecha 1 de marzo de 2024, repertorio número 1387 - 2024, otorgada ante mí, Max Hamdorf Mujica constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: Nombre: “MHM SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad es i) el desarrollo de actividades y negocios agrícolas; ii) la construcción, desarrollo, explotación y administración de predios urbanos y agrícolas, por su propia cuenta o en representación de terceros, y la percepción y comercialización de frutas de cualquier especie producidas por la sociedad; iii) comprar, vender, procesar, producir o comercializar, ya sea por cuenta propia o en interés de terceros, todo tipo de frutas y semillas; iv) la prestación de todo tipo servicios profesionales relacionados a la agricultura para personas o empresas, ya sea por cuenta propia o en interés de terceros. Para el cumplimiento del objeto señalado, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y asociada o en coparticipación con terceros. La sociedad podrá desarrollar cualquier otra actividad acordada por sus accionistas; Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones todas ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas, y deberán ser pagadas en un plazo no superior a 5 años de la fecha de la escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 1 de marzo de 2024.