INVERSIONES PEDRO DONOSO E HIJO SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de febrero de 2024
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTÍN
- Oficio
- 43ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y)o de terceros y)o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: /Uno/ La inversión de capitales, en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro y, en general, invertir en cualquiera clase de títulos, valores y fondos mobiliarios, títulos de crédito, instrumentos comerciales, bancarios y financieros, efectos públicos o de comercio, derechos y cuotas en sociedades de todo tipo, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, explotarlos, percibir y reinvertir sus frutos y rentas, todo por cuenta propia o ajena; /Dos/ La actividad inmobiliaria en cualquiera de sus formas; la adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o de terceros, su explotación en cualquier forma y a cualquier título; la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos y rentas; /Tres/ La celebración y ejecución de toda clase de contratos y actos que digan relación con las actividades en cuestión señaladas precedentemente y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales; /Cuatro/ La inversión, formación, ingreso y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; y, en general, podrá realizar cualquier otra actividad o giro que acuerden los socios, se relacionen o no con el objeto principal de la sociedad
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTÍN, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio Agustinas N°835, piso 18, comuna de Santiago, certifica que ante mí: que por escritura pública de fecha 12/02/2024, don PEDRO ANDRES DONOSO ARANDA, chileno, casado químico, cédula nacional de identidad número 10.753.273-0, domiciliado en Avenida Camino El Roble número 1550, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; don PEDRO IGNACIO DONOSO CRUZ, chileno, soltero, estudiante, cédula nacional de identidad número 21.501.565-3, domiciliado en Avenida Comino El Roble número 1550, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana; constituyeron sociedad por acciones.- Razón Social: “INVERSIONES PEDRO DONOSO E HIJO SpA”, la que podrá actuar y funcionar para todos los efectos legales, inclusive ante bancos e instituciones financieras, con el nombre de fantasía “Donosos SpA”.- Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse, ya sea por cuenta propia y/o de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, a las siguientes actividades: /Uno/ La inversión de capitales, en toda clase de bienes, muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, planes de ahorro y, en general, invertir en cualquiera clase de títulos, valores y fondos mobiliarios, títulos de crédito, instrumentos comerciales, bancarios y financieros, efectos públicos o de comercio, derechos y cuotas en sociedades de todo tipo, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones, pudiendo adquirir y enajenar, a cualquier título, los señalados bienes y valores, administrarlos, explotarlos, percibir y reinvertir sus frutos y rentas, todo por cuenta propia o ajena; /Dos/ La actividad inmobiliaria en cualquiera de sus formas; la adquisición, enajenación, compraventa, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o de terceros, su explotación en cualquier forma y a cualquier título; la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos y rentas; /Tres/ La celebración y ejecución de toda clase de contratos y actos que digan relación con las actividades en cuestión señaladas precedentemente y que sean conducentes, útiles o necesarios a la consecución de los fines sociales; /Cuatro/ La inversión, formación, ingreso y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; y, en general, podrá realizar cualquier otra actividad o giro que acuerden los socios, se relacionen o no con el objeto principal de la sociedad.- Capital: El capital de la sociedad será la suma de cinco millones de pesos, dividido y representado en cinco mil acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas de acuerdo en la escritura social. Duración de la sociedad: será indefinida.- Demás estipulaciones escritura extractada.- Santiago, 27 de febrero de 2024.