Instrumento
- Fecha
- 28 de febrero de 2024
- Repertorio
- 410-2024
- Notario
- MARÍA DE LA LUZ TORRES AZOCAR
- Domicilio
- Titular doña Ximena Ricci Díaz
Sociedad
- Domicilio
- San Antonio
- Duración
- Indefinida
Objeto social
A) La inversión de capitales sobre toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derecho en todo tipo de sociedades, ya sean, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o vale mobiliarios; B) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o bien por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, la intermediación en la compra y venta de Bienes Raíces propios y de terceros, y formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas.-CAPITAL: El capital de la sociedad es de ciento veinte millones de pesos, dividido en ciento veinte acciones nominativas, de igual serie, valor y clase, sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: A) PATRICIO DE LOS ANGELES VEGA VELASQUEZ aporta setenta millones de pesos, suscribiendo en este acto setenta acciones, al contado y en dinero en efectivo, ya ingresados a la caja social; B) ANGELO PATRICIO VEGA RIQUELME aporta cincuenta millones de pesos, suscribiendo en este acto cincuenta acciones, al contado y en dinero en efectivo, ya ingresados a la caja social.- En consecuencia, el capital social de ciento veinte millones de pesos, ha quedado íntegramente suscrito y pagado por los únicos y actuales accionistas de la sociedad. Se designa como administrador de la sociedad a don PATRICIO DE LOS ANGELES VEGA VELASQUEZ y a don ANGELO PATRICIO VEGA RIQUELME, quienes actuando en forma indistinta y anteponiendo sus nombres a la razón social podrán presentar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo Décimo Octavo de los estatutos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA DE LA LUZ TORRES AZOCAR, Abogado y Notario Público Suplente de la Titular doña Ximena Ricci Díaz, nombrada por Decreto Judicial de diecinueve de febrero del dos mil veinticuatro, del Primer Juzgado de Letras de San Antonio con oficio en Avenida Barros Luco número mil setecientos cuarenta y nueve, San Antonio, certifica: Por escritura pública de fecha 28 de febrero de 2024 ante mi, con el repertorio n° 410-2024 comparecen don PATRICIO DE LOS ANGELES VEGA VELASQUEZ, chileno, casado y separado totalmente de bienes, factor de comercio, cédula nacional de identidad número cinco millones quinientos veintiún mil trescientos noventa y seis guión ocho, con domicilio en calle Lauro Barros número cero sesenta y cinco, Comuna de San Antonio, Región de Valparaíso; y don ANGELO PATRICIO VEGA RIQUELME, chileno, soltero, patrón de pesca y armador, cédula nacional de identidad número diecinueve millones ciento cuarenta y dos mil ochocientos setenta y siete guión tres, con domicilio en calle Lauro Barros número treinta y siete, Comuna de San Antonio, Región de Valparaíso, constituyen una sociedad por acciones. NOMBRE: “SOCIEDAD VEGA Y VEGA S.P.A”. DOMICILIO: San Antonio. DURACIÓN: indefinida. OBJETO: A) La inversión de capitales sobre toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derecho en todo tipo de sociedades, ya sean, comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o vale mobiliarios; B) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, en especial bienes raíces, rústicos o urbanos, en Chile o el extranjero, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos, directamente o bien por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones, obtener rentas, la intermediación en la compra y venta de Bienes Raíces propios y de terceros, y formar parte en otras sociedades, modificarlas, asumir la administración de las mismas.-CAPITAL: El capital de la sociedad es de ciento veinte millones de pesos, dividido en ciento veinte acciones nominativas, de igual serie, valor y clase, sin valor nominal, se suscribe y paga de la siguiente forma: A) PATRICIO DE LOS ANGELES VEGA VELASQUEZ aporta setenta millones de pesos, suscribiendo en este acto setenta acciones, al contado y en dinero en efectivo, ya ingresados a la caja social; B) ANGELO PATRICIO VEGA RIQUELME aporta cincuenta millones de pesos, suscribiendo en este acto cincuenta acciones, al contado y en dinero en efectivo, ya ingresados a la caja social.- En consecuencia, el capital social de ciento veinte millones de pesos, ha quedado íntegramente suscrito y pagado por los únicos y actuales accionistas de la sociedad. Se designa como administrador de la sociedad a don PATRICIO DE LOS ANGELES VEGA VELASQUEZ y a don ANGELO PATRICIO VEGA RIQUELME, quienes actuando en forma indistinta y anteponiendo sus nombres a la razón social podrán presentar a la sociedad con las atribuciones establecidas en el artículo Décimo Octavo de los estatutos. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. San Antonio 28 de febrero de 2024.