Instrumento
- Fecha
- 20 de febrero de 2024
- Notario
- SERGIO WALDO ARENAS BENONI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $21.000.000 CLP
- Domicilio
- El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en aquella parte en que tiene jurisdicción el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será la fabricación, elaboración y diseño de mesas de pool, producción de materiales destinados a la elaboración de mesas de pool, venta y distribución de accesorios deportivos, importación de productos destinados a la fabricación y elaboración de mesas de pool, importación de productos y accesorios deportivos, distribuidora de telas. Fabricación de muebles, mueblerías, estanterías, elaboración de productos con madera de cualquier tipo, venta y distribución de implementos destinados al entretenimiento deportivo. Comercializadora de madera destinada a la fabricación de mesas de pool, muebles, y toda clase de servicios profesionales y productos afines a esta actividad y en general cualquier otra actividad lícita y cualquier otro negocio que ella acuerde.- CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES. El capital de la Sociedad es la cantidad de $21.000.000, dividido en 2.100 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en la forma indicada en los artículos transitorios de la última actuación registrada por la sociedad.- ADMINISTRACIÓN SOCIAL.- La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por don CHRISTIAN ANDRÉS TAPIA NAVARRO. El administrador de la sociedad anteponiendo la razón social a su firma, podrá representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad Pamelapool Company SpA | socio | 77187111-9 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalSERGIO WALDO ARENAS BENONI, Abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en la comuna de La Cisterna, con oficio en Gran Avenida José Miguel Carrera 7930, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 20-02-2024, ante mí, comparecen: CHRISTIAN ANDRES TAPIA NAVARRO, de nacionalidad chilena, soltero, estudiante de Derecho, C.I. Nº 20.446.269-0, domiciliado en Avenida Francisco Bilbao Nº 3775, Providencia, Local 1; DAVID ALBERTO HERNÁNDEZ HUENUNGUIR, de nacionalidad chilena, técnico en construcción, casado, C.I. Nº 12.464.229-9, domiciliado en Sebastopol Nº 384 San Joaquín, y JUAN CARLOS BAUTISTA TAPIA NAVARRO, de nacionalidad chilena, técnico en administración, soltero, C.I. Nº 20.789.590-9, domiciliado en Avenida Francisco Bilbao Nº 3775, Providencia, Local 1. DE LAS ACCIONES. DAVID ALBERTO HERNÁNDEZ HUENUNGUIR, y JUAN CARLOS BAUTISTA TAPIA NAVARRO, declaran ser dueños de 700 acciones cada uno, respecto de la Sociedad Pamelapool Company SpA, RUT 77.187.111-9, constituida por escritura pública de fecha 22-06-2020, ante el Notario Público de La Cisterna don Sergio Waldo Arenas Benoni, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 38.150 número 18.242 del año 2020 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de la ciudad de Santiago, publicado en el Diario Oficial bajo el número 42.690, de fecha 25-06-2020. Estas acciones se encuentran íntegramente suscritas y pagadas. A la fecha, la sociedad Pamelapool Company SpA., se encuentra vigente, y su capital estatutario. La sociedad no ha sufrido modificaciones.- Según libro de registro de accionistas de la sociedad “PAMELAPOOL COMPANY SpA”, que se ha tenido a la vista por el notario que autoriza, don: DAVID ALBERTO HERNÁNDEZ HUENUNGUIR, dueño de 700 acciones y don JUAN CARLOS BAUTISTA TAPIA NAVARRO, dueño de 700 acciones de la sociedad antes referida, y que de conformidad con el artículo cuatrocientos veintisiete del Código de Comercio, vienen en: I.- Vender la totalidad de sus acciones. II.- Fijar el texto refundido de los estatutos sociales de la sociedad.- VENTA. Por el presente instrumento, los vendedores don DAVID ALBERTO HERNÁNDEZ HUENUNGUIR y don JUAN CARLOS BAUTISTA TAPIA NAVARRO, por este acto, venden ceden y transfieren la totalidad de las acciones de que son dueños, sin deuda, libre de gravámenes, prendas, usufructos, embargos, medidas precautorias, litigios, prohibiciones, derechos de terceros, pactos de accionistas, condiciones resolutorias y de cualquier otro derecho real distinto al del dominio, debiendo los Vendedores responder del saneamiento de la evicción de conformidad a las reglas generales, y que ascienden a la cantidad mil cuatrocientas acciones, todas nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, a don CHRISTIAN ANDRES TAPIA NAVARRO, quien las compra, adquiere y acepta para sí. Asimismo, el Comprador declara que conoce la normativa legal que regula al tipo social a que corresponde la sociedad cuyas acciones se transan por medio de este instrumento, el estatuto de la sociedad y las protecciones que en ellos puedan o no existir respecto del interés de los accionistas, toda vez que, es socio de setecientas acciones de dicha sociedad. El precio de la presente compraventa asciende a la suma de $14.000.000.-, los que se pagan por el comprador en este acto, al contado y en efectivo, declarando los vendedores recibirlo a su entera satisfacción y conformidad.- En virtud de la compraventa de acciones antes realizada queda como único y actual accionista don CHRISTIAN ANDRES TAPIA NAVARRO, titular de 2.100 acciones, que incluyen las que pertenecían al comprador, antes de esta venta, todas las acciones son nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, quien en este mismo acto viene en introducir las reformas societarias que constan en este instrumento, por razones de orden, viene en fijar el estatuto refundido de la Compañía de acuerdo a los términos que siguen: ESTATUTO REFUNDIDO DE LA SOCIEDAD “PAMELAPOOL COMPANY SpA”. NOMBRE: El nombre de la sociedad será “PAMELAPOOL COMPANY SpA”. DOMICILIO: El domicilio de la sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en aquella parte en que tiene jurisdicción el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, sin perjuicio que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros lugares de la República o en el extranjero.- DURACIÓN: La Sociedad tendrá una duración indefinida.- OBJETO: El objeto de la sociedad será la fabricación, elaboración y diseño de mesas de pool, producción de materiales destinados a la elaboración de mesas de pool, venta y distribución de accesorios deportivos, importación de productos destinados a la fabricación y elaboración de mesas de pool, importación de productos y accesorios deportivos, distribuidora de telas. Fabricación de muebles, mueblerías, estanterías, elaboración de productos con madera de cualquier tipo, venta y distribución de implementos destinados al entretenimiento deportivo. Comercializadora de madera destinada a la fabricación de mesas de pool, muebles, y toda clase de servicios profesionales y productos afines a esta actividad y en general cualquier otra actividad lícita y cualquier otro negocio que ella acuerde.- CAPITAL SOCIAL Y ACCIONES. El capital de la Sociedad es la cantidad de $21.000.000, dividido en 2.100 acciones nominativas, de una misma serie, ordinarias y sin valor nominal. El Capital queda totalmente suscrito y pagado en este acto en la forma indicada en los artículos transitorios de la última actuación registrada por la sociedad.- ADMINISTRACIÓN SOCIAL.- La administración, representación y el uso de la razón social será ejercida por don CHRISTIAN ANDRÉS TAPIA NAVARRO. El administrador de la sociedad anteponiendo la razón social a su firma, podrá representarla y obligarla con las más amplias facultades y atribuciones, tendrá la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar ante terceros, está investido de todas y las más amplias facultades y atribuciones de administración y disposición, pudiendo realizar, ejecutar y celebrar toda clase de actos, negocios, pactos, acuerdos y contratos, sin limitación alguna, y sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Cisterna, 20 de febrero de 2024.