MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE INVERSIONES PLAYA AZUL LIMITADA

RUT 76117717-6 CVE 2461201
Capital
$565.389.483 CLP
Fecha instrumento
31 de enero de 2024
Notaría
Antofagasta
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
31 de enero de 2024
Comuna
Antofagasta

Sociedad

Capital
$565.389.483 CLP
Domicilio
El domicilio social se ubicará en la ciudad de Antofagasta
Duración
Indefinida
Ley aplicable
Ley 18.046

Objeto social

El objeto de la sociedad es la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias o inmobiliarias; el desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios; la explotación de los bienes que adquiera o detente a cualquier título, o que goce o use en cualquier forma; la formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; y en general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario del objeto social;

Administración

La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente que será designado mediante una escritura pública de nombramiento que deberá ser otorgada por accionistas que representen a lo menos el 75% de las acciones suscritas y pagadas de la sociedad;

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Nicole Andrea Contreras González Notario Público Interina de la Sexta Notaría de Antofagasta, con oficio en paseo Arturo Prat N° 470, local 3 interior, CERTIFICA: Por escritura pública otorgada 31 de Enero de 2024, ante mí, JAVIER ANTONIO TAMBLAY PINTO, cédula de identidad Nº 10.030.309-4, MARCELA CARLA ESPINOZA PIZARRO, cédula de identidad Nº 14.421.427-7; ambos domiciliados en Antofagasta, calle Clemente Garafulic Nº 451; y BASTIÁN IGNACIO VEGA ESPINOZA, cédula de identidad Nº 16.875.098-6, domiciliado en Santiago, calle Santa Beatriz Nº 50, depto. 1601, de paso por ésta; únicos y actuales socios de la sociedad denominada SOCIEDAD DE INVERSIONES PLAYA AZUL LIMITADA, sociedad comercial de su giro, rol único tributario Nº 76.117.717-6, inscrita en el Registro de Comercio año 2010 del Conservador de Comercio de Antofagasta, a fojas 1653, Nº 1359; publicada edición Nº 39.779 del Diario Oficial, del día 7 de octubre del año 2010; acordaron: transformarla en una Sociedad por Acciones de carácter mercantil denominada “INVERSIONES PLAYA AZUL SpA”, la que se regirá por el Estatuto Social que se establece más adelante, y por la demás normativa pertinente. Estatuto Social: Nombre y Razón Social “INVERSIONES PLAYA AZUL SpA”, pudiendo la sociedad actuar, además indistintamente, incluso con el Estado, el Fisco, Municipalidades, bancos y otras instituciones, con el nombre de fantasía “PLAYA AZUL SpA”; Objeto: El objeto de la sociedad es la realización de todo tipo de inversiones, mobiliarias o inmobiliarias; el desarrollo de negocios y proyectos inmobiliarios; la explotación de los bienes que adquiera o detente a cualquier título, o que goce o use en cualquier forma; la formación de sociedades de cualquier tipo y objeto, pudiendo incorporarse a otras ya establecidas; y en general, la realización de cualquier negocio, operación, acto o contrato relacionado, conexo o complementario del objeto social; Capital: El capital es la suma de $565.389.483.-, dividido en 565.389 acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, el que se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los accionistas constituyentes, en la siguiente forma y proporción: i) Don Javier Antonio Tamblay Pinto, suscribe 565.287 acciones, por la suma de $565.287.713; representativas de los derechos por 99,982% del capital, que le corresponden en la sociedad que se transforma, valorizados de común acuerdo por los accionistas, en la referida suma de dinero, dándose por íntegramente suscritas y pagadas sus acciones; ii) Doña Marcela Carla Espinoza Pizarro, suscribe 51 acciones, por la suma de $50.885.-, representativas de los derechos por 0,009% por ciento del capital, que le corresponden en la sociedad que se transforma, dándose por íntegramente suscritas y pagadas sus acciones; y iii) Don Bastián Ignacio Vega Espinoza, suscribe 51, por la suma de $50.885.-, representativas de los derechos por 0,009% del capital social, que le corresponden en la sociedad que se transforma, dándose por íntegramente suscritas y pagadas sus acciones. En consecuencia, ha quedado totalmente suscrito y pagado el capital social; Administración. La administración de la sociedad será ejercida por un Gerente que será designado mediante una escritura pública de nombramiento que deberá ser otorgada por accionistas que representen a lo menos el 75% de las acciones suscritas y pagadas de la sociedad; Duración: La sociedad tendrá duración indefinida; Responsabilidad: Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la sociedad; Domicilio Social: El domicilio social se ubicará en la ciudad de Antofagasta, sin perjuicio que la sociedad pueda establecer sucursales en otras ciudades o países. Nombramiento de Gerente de Inversiones Playa Azul SpA: los accionistas comparecientes: don Javier Antonio Tamblay Pinto, titular de 565.287 acciones; doña Marcela Carla Espinoza Pizarro, titular de 51 acciones; y don Bastián Ignacio Vega Espinoza, titular de 51 acciones; en conjunto titulares del 100% de las acciones en que se divide el capital social; designan a don JAVIER ANTONIO TAMBLAY PINTO, cédula de identidad número diez millones treinta mil trescientos nueve guión cuatro; como Gerente de la compañía, pudiendo representarla, obligarla y vincularla eficazmente con la sola invocación del cargo que ostenta -tanto dentro como fuera del objeto social- en toda clase de hechos, actos, contratos, convenciones, trámites, comparecencias, peticiones, reclamos, recursos, impugnaciones, oposiciones, propuestas y demandas, con y respecto de toda clase de personas naturales o jurídicas, autoridades, servicios públicos, funcionarios públicos y municipales, entes, organismos, tribunales, árbitros, instituciones, municipalidades, comunidades, sociedades de hecho, empresas, sociedades, corporaciones, fundaciones y ante el Estado, el Fisco y el Banco Central de Chile; con todas las facultades indicadas en el artículo 49 de la Ley 18.046; y asimismo, con todas las facultades necesarias para el ejercicio del giro social, incluso la de autocontratar; sin limitaciones de ningún tipo. Demás estipulaciones y Estatuto completo en escritura extractada. Antofagasta, 31 de Enero de 2024.