SOCIEDAD AGRÍCOLA SEMPITERNO LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de febrero de 2024
- Repertorio
- 787-2024
- Notario
- Pablo Eisendecher Bertin
- Domicilio
- Osorno
Sociedad
- Capital
- $1.430.000 CLP
- Domicilio
- Osorno
- Duración
- comenzará a regir con fecha escritura extractada y tendrá una duración de 10 años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma indicada en escritura extractada
Objeto social
la explotación agrícola, ganadera y forestal por cuenta propia o ajena, de predios rústicos propios o arrendados; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales; la importación y exportación de maquinarias y respuestos agrícolas; crianza, engorda y compraventa, por mayor o menor, de ganado en general; la explotación lechera con vacas propias o ajenas; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, agroindustria, la producción agropecuaria, cultivo de cereales, frutales y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPablo Eisendecher Bertin, Notario Público Titular de Osorno, Bernardo O`Higgins 691, Osorno, certifica: Por escritura pública fecha 15 de febrero 2024, repertorio 787-2024, don PABLO ENRIQUE COQUELET MATAS, domiciliado en Osorno calle San Carlos N° 1974, Región de Los Lagos; ROSA ESTER LÓPEZ GONZÁLEZ, domiciliada en Osorno calle San Carlos N° 1974, Región de Los Lagos; CATALINA PAZ COQUELET LÓPEZ, domiciliada en Santiago, comuna Las Condes calle Isben N° 6445, Depto. N° 35, Región Metropolitana; PABLO SEBASTIAN COQUELET LÓPEZ, domiciliado en comuna de Osorno, Loteo Las Juntas parcela 5 B, Región de Los Lagos; IGNACIO ANTONIO COQUELET LÓPEZ, domiciliado en Osorno calle San Carlos N° 1974, Región de Los Lagos, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: RAZÓN SOCIAL: “SOCIEDAD AGRÍCOLA SEMPITERNO LIMITADA” y podrá funcionar y actuar, inclusive ante el Servicio de Impuestos Internos, con los bancos y otras entidades , con el nombre de “AGRÍCOLA SEMPITERNO LTDA.”; DOMICILIO: Osorno, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que puedan establecer en otros puntos del país o el extranjero; OBJETO: la explotación agrícola, ganadera y forestal por cuenta propia o ajena, de predios rústicos propios o arrendados; la importación, exportación, transformación y comercialización de productos agrícolas, ganaderos o forestales; la importación y exportación de maquinarias y respuestos agrícolas; crianza, engorda y compraventa, por mayor o menor, de ganado en general; la explotación lechera con vacas propias o ajenas; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, agroindustria, la producción agropecuaria, cultivo de cereales, frutales y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. ADMINISTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: corresponderá exclusivamente a PABLO ENRIQUE COQUELET MATAS, quien obrando de esta manera la obligará y representará en todos los actos relativos a su objeto o giro ordinario con facultades y limitaciones indicadas en escritura extractada. Para casos de ausencia, muerte o impedimento físico mental permanente se contempla administración, representación y uso de razón social subsidiaria en orden y forma de prelación indicada en escritura extractada con facultades señaladas en dicha escritura; CAPITAL: El capital social será la suma de $1.430.000.000 que se aporta por los socios de siguiente manera: PABLO ENRIQUE COQUELET MATAS aporta en dominio pleno la suma de $1.030.000, que ingresa a la caja social de siguiente forma: la suma de $2.000.000 en dinero en este acto que ingresa a caja social y saldo en plazo de 1 año y en la medida de las necesidades sociales y representa el 72,04%. Saldo podrá aportarse en dinero, bienes, acciones, cuotas de participación de cooprativas o futuras utilidades. ROSA ESTHER LÓPEZ GÓNZALEZ aporta en dominio la suma de $100.000.000 que ingresa a caja social de siguiente forma: la suma de $1.000.000 en dinero en este acto que ingresa a caja social y saldo en plazo de 5 años y en la medida de las necesidades sociales y representa el 6,99%. Saldo podrá aportarse en dinero, bienes, acciones, cuotas de participación de cooperativas o futuras utilidades. PABLO SEBASTIÁN COQUELET GONZALEZ aporta en dominio la suma de $100.000.000 que ingresa a caja social de siguiente forma: la suma de $1.000.000 en dinero en este acto que ingresa a caja social y saldo en plazo de 5 años y en la medida de las necesidades sociales y representa el 6,99%. El saldo podrá aportarse en dinero, bienes, acciones, cuotas de participación de cooperativas o futuras utilidades. CATALINA PAZ COQUELET GONZÁLEZ aporta en dominio la suma de $100.000.000 que ingresa a caja social de la siguiente forma: la suma de $1.000.000 en dinero en este acto que ingresa a caja social y saldo en plazo de 5 años y en la medida de las necesidades sociales y representa el 6,99%. El saldo podrá aportarse en dinero, bienes, acciones, cuotas de participación de cooperativas o futuras utilidades. IGNACIO ANTONIO COQUELET GONZÁLEZ aporta en dominio la suma de $100.000.000 que ingresa a caja social de la siguiente forma: la suma de $1.000.000 en dinero en este acto que ingresa a caja social y saldo en el plazo de 5 años y en la medida de las necesidades sociales y representa el 6,99%. El saldo podrá aportarse en dinero, bienes, acciones, cuotas de participación de cooperativas o futuras utilidades. RESPONSABILIDAD: Socios limitan responsabilidad hasta monto de respectivos aportes; DURACIÓN: comenzará a regir con fecha escritura extractada y tendrá una duración de 10 años. Se entenderá prorrogada la duración de la sociedad en forma automática por períodos iguales, sucesivos y continuos de 5 años cada uno, salvo si cualquiera de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan escritura extractada. OSORNO, 23 de Febrero de 2024.