MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

COMERCIAL KHATAR SpA

RUT 77198072-4 CVE 2460691
Fecha instrumento
22 de febrero de 2024

Instrumento

Fecha
22 de febrero de 2024
Repertorio
4735-2024
Notario
JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ
Domicilio
titular de la 42°

Objeto social

El objeto de la sociedad será: Uno) Desarrollar toda clase de actividades industriales, comerciales, turísticas, financieras y de servicios, de acuerdo a las disposiciones legales correspondientes y sin más limitaciones que aquellas que determinen las leyes, especialmente respecto de todo tipo de abarrotes, licores, bebidas alcohólicas, bebidas sin alcohol, comestibles, productos alimenticios, textiles, ropas, productos cosméticos, y demás productos de consumo. Podrá comercializar todo tipo de alimentos en general, alimentos del mar, entre otros. Así también se dedicara al establecimiento, administración de productos derivados del aceite y petróleo, tienda y conveniencia y tienda en línea; así como también podrá dedicarse al almacenaje, manejo, distribución y venta de productos de todo tipo; Dos) Almacenamiento, manejo y distribución de productos, artículos y)o mercaderías, propios o de terceros, a todos tipo de clientes y)o canales de distribución en todo el territorio Chileno; Tres) Ofrecer procesos logísticos para el manejo del almacenamiento, distribución y custodia; Cuatro) Asimismo y dentro de sus demás actividades podrá: a) En sus actividades industriales podrá dedicarse a la decisión, establecimiento, operación y explotación de fábrica de: i) Elaboración de toda clase de productos; e, ii) Procesamiento, ensamble y transformación de los productos derivados de las actividades industriales, así como sus componentes y sucedáneo; b) En sus actividades turísticas podrá dedicarse a: i) La construcción y)o ampliación de restaurantes, incluyendo establecimientos que ofrezcan comida típica del país u otras para el turismo receptivo; ii) Construcciones relacionadas con sitios recreativos; iii) Adquisición de otros activos para ofrecer otros servicios exclusivamente al turismo receptivo; c) En sus actividades comerciales podrá dedicarse a: i) La distribución y venta en el país o en el exterior, de los productos de sus fábricas y establecimientos agropecuarios y de aquellos otros que le corresponda distribuir y vender en virtud de cualquier clase de contratos mercantiles; ii) A la adquisición y venta de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles; darlos y recibirlos en usufructo, arrendamiento, administración, prenda, deposito, uso, comodato o anticresis; iii) Participar como socio o accionista o inversionista en toda clase de sociedades, entidades o asociaciones de cualquier naturaleza nacional o internacional; iv) A la adquisición y venta de toda clase de títulos valores; v) El ejercicio de la agencia, representación, así como las correspondientes a las actividades de factor comercial y cualquier otra clase de operación mercantil; d) En sus actividades financieras, las cuales evidentemente no incluyen las comprendidas en la Ley General de Bancos, la sociedad podrá; i) Garantizar obligaciones de terceros, ya sea como fiador, codeudor solidario, avalista; otorgando también cualquier otra clase de garantía semejante ya sean reales o personales; ii) Obtener y reconocer financiamiento de cualquier género, ya sea a título de mutuo, crédito industrial, créditos de avió, a la producción, a la comercialización o agropecuarios, iii) Emitir bonos, debentures, obligaciones y cualquier otra clase de títulos valores permitidos por las leyes, con garantía real o sin ella; iv) Podrá comercializar y explotar intangibles; e) En sus actividades de servicios podrá brindar; i) Servicios de toda clase de contabilidad, publicidad, comercialización y mercadeo; i) Servicios de toda clase de tramitaciones relacionadas con el buen funcionamiento de las empresas, tales como impuestos directos, indirectos, municipales, de registro, aduanales; iii) Elaboración de estudios de factibilidad económica, financiera, de inversión, estudios y tramitación de incentivos; iv) Administración de Sociedades; v) La elaboración de nuevos productos, previo estudio e investigación; vi) La investigación de mercado; vii) Información oportuna y adecuada sobre las proyecciones de mercado nacional o extranjero y todas aquellas actividades de asesoría, consulta, fiscalización y de administración que sirvan de manera inequívoca para una mejor producción; f) También podrá dedicarse a: i) La importación y exportación de materias primas, productos semielaborados, y)o terminados; i) Construcción de clínicas asistenciales y la adquisición de equipo y material necesario para su funcionamiento; así mismo, podrá emprender, ejecutar, hacer o celebrar todos los actos, operaciones o contratos necesarios o convenientes o complementarios a su funcionamiento y giro, observando las prescripciones legales, sin restricción o limitación alguna, se entiende quien la presente enumeración es de carácter enunciativo y no limitativo, por lo que podrá realizar cualquier otro acto jurídico o negocio que lleve consigo el cumplimiento de su finalidad social o aquellos actos, negocios, actividades comerciales, industriales, agrícolas, de servicios o de cualquier otra clase o naturaleza que aunque no estén comprendidos dentro de la enumeración antes dicha, sean lícitos y permitidos por la ley, tanto a nivel nacional como en el extranjero. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos sociales disponibles.” En todo lo no modificado por escritura pública extractada se mantiene vigente el pacto social. Certificado: El Notario certifica que tuvo a la vista el libro de actas, que hay firmas ilegibles de los accionistas, que representan el 100% de las acciones y que el acta extractada es expresión fiel de los acordado en la Junta Extraordinaria de accionistas de Comercial Khatar SpA

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Abogado, notario público suplente del titular de la 42°, notaría Santiago, don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, con oficio en Av. Apoquindo 3001, piso 2, Las Condes, certifico: Que por escritura pública de fecha 22 de Febrero de 2024, Repertorio Nº4735-2024, ante mí, se redujo a escritura pública Acta Junta Extraordinaria de Accionistas de “COMERCIAL KHATAR SpA”, Rut Nº 77.198.072-4, inscrita a fojas 44171 Nº21035 del Reg. de Com. del CBR de Santiago, año 2020; en virtud de la cual la Junta acordó por unanimidad ampliar el objeto social, reemplazándose en consecuencia íntegramente el artículo segundo de los estatutos sociales por el siguiente: “ARTÍCULO SEGUNDO: Objeto. El objeto de la sociedad será: Uno) Desarrollar toda clase de actividades industriales, comerciales, turísticas, financieras y de servicios, de acuerdo a las disposiciones legales correspondientes y sin más limitaciones que aquellas que determinen las leyes, especialmente respecto de todo tipo de abarrotes, licores, bebidas alcohólicas, bebidas sin alcohol, comestibles, productos alimenticios, textiles, ropas, productos cosméticos, y demás productos de consumo. Podrá comercializar todo tipo de alimentos en general, alimentos del mar, entre otros. Así también se dedicara al establecimiento, administración de productos derivados del aceite y petróleo, tienda y conveniencia y tienda en línea; así como también podrá dedicarse al almacenaje, manejo, distribución y venta de productos de todo tipo; Dos) Almacenamiento, manejo y distribución de productos, artículos y/o mercaderías, propios o de terceros, a todos tipo de clientes y/o canales de distribución en todo el territorio Chileno; Tres) Ofrecer procesos logísticos para el manejo del almacenamiento, distribución y custodia; Cuatro) Asimismo y dentro de sus demás actividades podrá: a) En sus actividades industriales podrá dedicarse a la decisión, establecimiento, operación y explotación de fábrica de: i) Elaboración de toda clase de productos; e, ii) Procesamiento, ensamble y transformación de los productos derivados de las actividades industriales, así como sus componentes y sucedáneo; b) En sus actividades turísticas podrá dedicarse a: i) La construcción y/o ampliación de restaurantes, incluyendo establecimientos que ofrezcan comida típica del país u otras para el turismo receptivo; ii) Construcciones relacionadas con sitios recreativos; iii) Adquisición de otros activos para ofrecer otros servicios exclusivamente al turismo receptivo; c) En sus actividades comerciales podrá dedicarse a: i) La distribución y venta en el país o en el exterior, de los productos de sus fábricas y establecimientos agropecuarios y de aquellos otros que le corresponda distribuir y vender en virtud de cualquier clase de contratos mercantiles; ii) A la adquisición y venta de toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles; darlos y recibirlos en usufructo, arrendamiento, administración, prenda, deposito, uso, comodato o anticresis; iii) Participar como socio o accionista o inversionista en toda clase de sociedades, entidades o asociaciones de cualquier naturaleza nacional o internacional; iv) A la adquisición y venta de toda clase de títulos valores; v) El ejercicio de la agencia, representación, así como las correspondientes a las actividades de factor comercial y cualquier otra clase de operación mercantil; d) En sus actividades financieras, las cuales evidentemente no incluyen las comprendidas en la Ley General de Bancos, la sociedad podrá; i) Garantizar obligaciones de terceros, ya sea como fiador, codeudor solidario, avalista; otorgando también cualquier otra clase de garantía semejante ya sean reales o personales; ii) Obtener y reconocer financiamiento de cualquier género, ya sea a título de mutuo, crédito industrial, créditos de avió, a la producción, a la comercialización o agropecuarios, iii) Emitir bonos, debentures, obligaciones y cualquier otra clase de títulos valores permitidos por las leyes, con garantía real o sin ella; iv) Podrá comercializar y explotar intangibles; e) En sus actividades de servicios podrá brindar; i) Servicios de toda clase de contabilidad, publicidad, comercialización y mercadeo; i) Servicios de toda clase de tramitaciones relacionadas con el buen funcionamiento de las empresas, tales como impuestos directos, indirectos, municipales, de registro, aduanales; iii) Elaboración de estudios de factibilidad económica, financiera, de inversión, estudios y tramitación de incentivos; iv) Administración de Sociedades; v) La elaboración de nuevos productos, previo estudio e investigación; vi) La investigación de mercado; vii) Información oportuna y adecuada sobre las proyecciones de mercado nacional o extranjero y todas aquellas actividades de asesoría, consulta, fiscalización y de administración que sirvan de manera inequívoca para una mejor producción; f) También podrá dedicarse a: i) La importación y exportación de materias primas, productos semielaborados, y/o terminados; i) Construcción de clínicas asistenciales y la adquisición de equipo y material necesario para su funcionamiento; así mismo, podrá emprender, ejecutar, hacer o celebrar todos los actos, operaciones o contratos necesarios o convenientes o complementarios a su funcionamiento y giro, observando las prescripciones legales, sin restricción o limitación alguna, se entiende quien la presente enumeración es de carácter enunciativo y no limitativo, por lo que podrá realizar cualquier otro acto jurídico o negocio que lleve consigo el cumplimiento de su finalidad social o aquellos actos, negocios, actividades comerciales, industriales, agrícolas, de servicios o de cualquier otra clase o naturaleza que aunque no estén comprendidos dentro de la enumeración antes dicha, sean lícitos y permitidos por la ley, tanto a nivel nacional como en el extranjero. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos sociales disponibles.” En todo lo no modificado por escritura pública extractada se mantiene vigente el pacto social. Certificado: El Notario certifica que tuvo a la vista el libro de actas, que hay firmas ilegibles de los accionistas, que representan el 100% de las acciones y que el acta extractada es expresión fiel de los acordado en la Junta Extraordinaria de accionistas de Comercial Khatar SpA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 26 de febrero de 2024.