CAFETERÍA FYLGJA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 19 de febrero de 2024
- Repertorio
- 838
- Notario
- R. ALFREDO MARTÍN ILLANES
- Oficio
- 15° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
- Domicilio
- comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana
- Duración
- Tendrá una duración de 3 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de un año, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso
Objeto social
Todo acto de servicios de atención al cliente en lo relacionado a aperitivos, comidas, platos combinados, servicios de barra; como también actos relacionados con el arrendamiento de tanto de habitaciones de ensayo musical, como de instrumentos musicales ya sean de viento, cuerdas o percusión, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden
Administración
La administración, y el uso de la razón social corresponderá a tanto a doña ANDREA FERNANDA PÉREZ ROMÁN, como a don RODRIGO ALFREDO PÉREZ ROMÁN, los cuales anteponiendo su firma a la razón sociales y)o nombre de fantasía, representará y obligará a la sociedad con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalR. ALFREDO MARTÍN ILLANES, abogado, Notario Público, Titular de la 15° Notaría de Santiago, con oficio en calle Mardoqueo Fernández 201, oficina 101 y 102, comuna de Providencia, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de hoy ante mí, Repertorio N° 838 – 2024, ANDREA FERNANDA PÉREZ ROMÁN, C.I. Nº 18.025.745-4, domiciliada en calle Echeñique 45-4, comuna de La Reina, Región Metropolitana y don RODRIGO ALFREDO PÉREZ ROMÁN, C.I. Nº 16.100.768-4, domiciliado en calle Echeñique 45-4, comuna de La Reina, Región Metropolitana; constituyen sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus respectivos aportes. NOMBRE: “CAFETERÍA FYLGJA LIMITADA”, nombre de fantasía “SAMEJ LTDA”. OBJETO: Todo acto de servicios de atención al cliente en lo relacionado a aperitivos, comidas, platos combinados, servicios de barra; como también actos relacionados con el arrendamiento de tanto de habitaciones de ensayo musical, como de instrumentos musicales ya sean de viento, cuerdas o percusión, y toda otra actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con las anteriores y cualquier otro objeto que los socios acuerden. DOMICILIO: comuna de La Reina, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias, sucursales o representaciones que pueda establecer, en el país o en el extranjero. CAPITAL: $2.000.000, y son pagadas de la siguiente forma: doña ANDREA FERNANDA PÉREZ ROMÁN, $1.000.000; y don RODRIGO ALFREDO PÉREZ ROMÁN, $1.000.000. ADMINISTRACIÓN: La administración, y el uso de la razón social corresponderá a tanto a doña ANDREA FERNANDA PÉREZ ROMÁN, como a don RODRIGO ALFREDO PÉREZ ROMÁN, los cuales anteponiendo su firma a la razón sociales y/o nombre de fantasía, representará y obligará a la sociedad con las más amplias facultades indicadas en escritura extractada. PLAZO: Tendrá una duración de 3 años, renovable tácita y sucesivamente, por períodos de un año, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere en curso. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 19 de febrero de 2024.