CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Venture Spark SpA

CVE 2459676
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
15 de febrero de 2024
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
15 de febrero de 2024
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la Sociedad es: a) la prestación de toda clase de servicios financieros, legales, tecnológicos, contables y asesorías en general que la legislación permita; b) la inversión, la reinversión, compra, venta, adquisición, enajenación, a cualquier título, de toda clase de bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, créditos, bonos, debentures, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; administrar, comercializar dichas inversiones, percibir sus frutos y rentas a cualquier título; y c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier naturaleza

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, certifico: que por escritura pública de fecha 15 de febrero de 2024, otorgada en esta misma notaría bajo el repertorio número 4.871-2024, ante mi suplente, Mauricio Humberto Reinoso Cifuentes, AYM SpA e Inversiones e Inmobiliaria ACL SpA, constituyeron sociedad por acciones, de conformidad con los artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: “Venture Spark SpA” (la “Sociedad”). Objeto: El objeto de la Sociedad es: a) la prestación de toda clase de servicios financieros, legales, tecnológicos, contables y asesorías en general que la legislación permita; b) la inversión, la reinversión, compra, venta, adquisición, enajenación, a cualquier título, de toda clase de bienes inmuebles y muebles, corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones, créditos, bonos, debentures, derechos en sociedades, efectos de comercio en general, y cualquier otro valor mueble; administrar, comercializar dichas inversiones, percibir sus frutos y rentas a cualquier título; y c) concurrir a la constitución de sociedades de cualquier naturaleza. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una única serie y sin valor nominal. El mencionado capital fue íntegramente suscrito y pagado en el acto de constitución, en dinero, a entera satisfacción de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago, 22 de febrero de 2024.