INVERSIONES TANKARA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 22 de abril de 2009
- Notario
- FERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF
- Oficio
- Primera Notaria de Iquique
- Comuna
- Iquique
Sociedad
- Capital
- $340.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFERNANDO MAURICIO CANALES HERTRAMPF, abogado, Notario Público Interino de la Primera Notaria de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifica: Por escritura pública de hoy, ante mí: YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZÁLEZ GAMBOA, Gorostiaga N°150, Iquique, modifican sociedad INVERSIONES TANKARA LIMITADA, o TANKARA LTDA., constituida fecha 22 de Abril de 2009 ante Notario Público Iquique MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, inscrita a fojas 427, N°407, Registro de Comercio año 2009 Conservador Bienes Raíces Iquique, sentido que, actuales socios acuerdan modificar la cláusula QUINTA pacto social constitutivo, sentido de que, vienen en aumentar capital social $340.000.000, a la suma de $460.000.000, diferencia que se entera siguiente forma: Uno) Socios YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, y MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, quienes efectúan un aporte de capital ascendente a la suma de $84.000.000, en partes iguales, es decir $42.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social. En consecuencia, aporte al capital social, sumado su aporte inicial, queda en la suma de $161.000.000 por cada uno de ellos. Dos) Socios YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, y EDUARDO ALAJENDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, la suma de $36.000.000, en partes iguales, es decir $18.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social. En consecuencia, aporte al capital social, sumado su aporte inicial, queda en la suma de $69.000.000 por cada uno de ellos. En consecuencia, del aumento capital, actuales socios acuerdan modificar cláusula QUINTA pacto social, quedando dicha cláusula de la siguiente forma: “QUINTA: El capital de la sociedad es la suma de $460.000.000, que los socios aportan y enteran siguiente forma: a) YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE, aporta la suma de $161.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; b) MARIA ISABEL GAMBOA LOPEZ, aporta la suma de $161.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 35% en el haber social; c) YERKO ALEJANDRO ALFONSO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $69.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social; y d) Don EDUARDO ALEJANDRO PATRICIO GONZALEZ GAMBOA, aporta la suma de $69.000.000, al contado en este acto, en dinero efectivo que ingresan en caja social; Aporte correspondiente a un porcentaje de un 15% en el haber social.-” Además, socios ratifican cláusula Cuarta pacto social constitutivo, sentido que administración sociedad y uso razón social corresponderá al socio YERKO PATRICIO GONZALEZ TAUCARE. En todo lo no modificado, queda vigente pacto social primitivo, y sus modificaciones. Demás estipulaciones en escritura extractada. Iquique, 30 de Diciembre de 2023.