Inmobiliaria e Inversiones Kabag SpA
Instrumento
- Fecha
- 16 de febrero de 2024
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $5.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular de la 36° Notaría de Santiago, La Concepción Nº 65, piso 2, comuna de Providencia, Santiago, certifica: con fecha 29 de diciembre de 2023, repertorio número 35.371, ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, se redujo a escritura pública el acta de la junta extraordinaria de accionistas de la sociedad “Inmobiliaria e Inversiones Kabag SpA”, inscrita a fojas 77.275, número 41.674 del Registro Comercio Santiago año 2016, en adelante la “Sociedad”, celebrada en misma fecha y con la totalidad de los accionistas en la que se acordó modificar la Sociedad en el sentido de aumentar el actual capital social de la cantidad de $5.000.000 pesos dividido en 5.000 acciones, a la cantidad de $348.850.000 pesos, dividido en 348.850 acciones nominativas, sin valor nominal, y todas de una misma y única serie. Las 343.850 nuevas acciones de pago emitidas como consecuencia del aumento de capital fueron debidamente suscritas y pagadas por don Arnaud Augustin Lacoste. De esta forma, el capital de la sociedad se encuentra totalmente suscrito y pagado. En consecuencia se sustituyó la cláusula sexta y octava del estatuto social por los siguientes: “Artículo Sexto: El capital de la sociedad será la suma de trecientos cuarenta y ocho millones ochocientos cincuenta mil pesos, dividido en trecientos cuarenta y ocho mil ochocientos cincuenta acciones nominativas, sin valor nominal y todas de una misma y única serie que se emiten, suscriben y pagan de la siguiente manera: (a) Con la cantidad de un millón de pesos, representados por mil acciones, que corresponden al capital suscrito y pagado por Antoine Francois Lacoste con anterioridad a esta fecha; (b) Con la cantidad de un millón de pesos, representados por mil acciones, que corresponden al capital suscrito y pagado por Barbara Adele Lacoste con anterioridad a esta fecha; (c) Con la cantidad de un millón de pesos, representados por mil acciones, que corresponden al capital suscrito y pagado por Gabrielle Noémie Lacoste con anterioridad a esta fecha; (d) Con la cantidad de dos millones de pesos, representados por dos mil acciones, que corresponden al capital suscrito y pagado por Bénédicte Marguerite Kervyn de Meerendre d’Irumberry de Salaberry con anterioridad a esta fecha; (e) Con la cantidad de trecientos cuarenta y tres millones ochocientos cincuenta mil pesos, representados por trecientos cuarenta y tres mil ochocientas cincuenta acciones, que corresponden al capital suscrito y pagado por Arnaud Augustin Lacoste con anterioridad a esta fecha. Queda de esta forma totalmente suscrito y pagado el capital de la sociedad”. “Artículo Octavo: Las acciones de la sociedad serán ordinarias y preferidas. Las suscritas por los accionistas conforme a lo indicado en la cláusula sexta de este estatuto, pertenecerán a la Serie A, la cual tendrá como preferencia la facultad entregada a su titular de votar en las juntas de accionistas. Las acciones de aumento de capital, emitidas por el administrador en conformidad a lo indicado en la cláusula séptima precedente, para destinarse a fines específicos, pertenecerán a una Serie ordinaria, cuya denominación será indicada en cada caso por el administrador y no tendrán derecho a voto para conformar los quórums legales convencionales en las respectivas juntas de accionistas”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 16 de febrero de 2024.-