Asesorías de Gestión, Cumplimiento y Eficiencia Tributaria Limitada
Instrumento
- Fecha
- 8 de febrero de 2024
- Notario
- Jorge Reyes Bessone
- Oficio
- 9° Notaría de San Miguel
- Comuna
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $150.000 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La prestación de servicios y asesorías profesionales en el ámbito jurídico y legal, o de cualquier otra índole relacionada con la profesión de abogado o contador, la que será prestada directamente por sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional. (c)
Administración
La administración, representación y uso de la razón social corresponderá individualmente a cada uno de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, investidos con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJorge Reyes Bessone, Abogado, Notario Público Titular de la 9° Notaría de San Miguel, con oficio en Avenida José Miguel Carrera N° 4886, comuna de San Miguel, certifica: que por escritura pública de fecha 8 de febrero de 2024, ante mi Suplente don Claudio Vargas Villanueva, Francisca Valentina Espinoza Torres, domiciliada para estos efectos en Carretera General San Martín Nueva 20251, casa 8, Colina, Región Metropolitana, y Sebastián Camus Jorquera, domiciliado para estos efectos en Bartolo Soto 4033, departamento 908, San Miguel, Región Metropolitana; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada (en adelante, la “Sociedad”), de cuyos estatutos extracto a continuación: (a) Razón Social: “Asesorías de Gestión, Cumplimiento y Eficiencia Tributaria Limitada” pudiendo utilizar además e indistintamente en cualquier actuación, incluso bancaria, el nombre de fantasía “GCE Advisors”. (b) Objeto: La prestación de servicios y asesorías profesionales en el ámbito jurídico y legal, o de cualquier otra índole relacionada con la profesión de abogado o contador, la que será prestada directamente por sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven a la prestación del servicio profesional. (c) Duración: La sociedad será de duración indefinida. (d) Capital: $300.000 que los socios han aportado y pagado en dinero en las siguientes proporciones: (i) Francisca Valentina Espinoza Torres, aportó el 50% del capital de la Sociedad, esto es, la suma de $150.000; y (ii) Sebastián Nicolás Camus Jorquera, la suma de $150.000, equivalente al 50% del capital de la Sociedad. (e) Administración: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá individualmente a cada uno de los socios, quienes anteponiendo a su firma la razón social, investidos con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. San Miguel, 15 de febrero de 2024.