ARRAN SpA
Instrumento
- Fecha
- 29 de diciembre de 2023
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| ASESORÍAS E INVERSIONES CAPE HORN LIMITADA | socio | 76087560-0 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número 65, Piso 2, comuna de Providencia, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de diciembre de 2023, otorgada ante la Notario Suplente Karina Alejandra Flores Muñoz, (1) INVERSIONES JON DIETEL, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº 77.621.990-8, representada por THOMAS ENGELL STEEN, chileno, casado, ingeniero, cédula de identidad N° 6.911.137-8, ambos domiciliados para estos efectos en Aurelio González N°3.669, Oficina, Santiago, Región B, Comuna de Vitacura, Santiago; (2) ASESORÍAS E INVERSIONES CAPE HORN LIMITADA, Rol Único Tributario N° 76.087.560-0, representada por RODRIGO GUZMÁN DANUZZO, chileno, casado, ingeniero civil, cedula nacional de identidad N°6.067.473-6, ambos domiciliados para estos efectos en Yaguarón N°178, comuna de Vitacura, Santiago; y (3) INVERSIONES EL GAVIERO SPA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 78.926.350-7, representada por MATIAS RAUL SANDOVAL MELO, chileno, casado, ingeniero, cedula de identidad N° 7.905.168-3, ambos con domicilio en Las Fresas 4444, departamento Nº 201, Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, en sus calidades de únicos y actuales accionistas de la sociedad ARRAN SpA, circunstancia que se constato por registro de accionistas que se tuvo a la vista, y detentando el 100% de las acciones con derecho a voto, modificaron los estatutos de dicha sociedad, cuyo capital social asciende a $1.000.000.-, íntegramente suscrito y pagado, cambiando el régimen de administración de la sociedad y estableciendo que la administración de la misma y el uso de la razón social corresponderá, de manera separada, indistinta e individual a Matías Raul Sandoval Melo, a Rodrigo Guzmán Danuzzo y a Thomas Engell Steen para cualquier actuación, acto o contrato, salvo para la enajenación de la Embarcación, conforme dicho término se define en la escritura extractada, para lo cual deberán concurrir todos los administradores de manera conjunta, sustituyendo el artículo décimo primero permanente de sus estatutos e incorporando un nuevo artículo décimo primero bis permanente. Demás estipulaciones constan instrumento extractado. Santiago, 22 de febrero de 2024.