SOCIEDAD ESCOBAR LOPEZ ELECTRICIDAD Y CONSTRUCCION LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de julio de 2013
- Notario
- suscrita ante RAÚL IVÁN PERRY PEFAUR
- Oficio
- 21° Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
El objeto de la sociedad será: La actividad de Electricidad industrial, domestica, o equivalentes y construcción de muebles e inmuebles de cualquier naturaleza en terrenos propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros, los que podrán ser destinados a permanecer en el patrimonio social, o bien podrán ser arrendados, vendidos o enajenados a cualquier título. Se comprende también dentro del objeto la adquisición a cualquier título de bienes raíces para lotearlos, urbanizarlos, construir en ellos, enajenarlos, hipotecarlos, arrendarlos o administrarlos, pudiendo la sociedad actuar en cualquier negocio de electricidad y)o inmobiliario, o de inversión, en el estudio y ejecución de obras de ingeniería o arquitectura y en cualquier otro relacionado con el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMAURICIO HUMBERTO REINOSO CIFUENTES, Abogado, Notario Suplente, del Titular de la 43° Notaría de Santiago, de don JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Huérfanos N° 835, piso 18, Santiago, RM. CERTIFICO: Por escritura pública hoy ante mí: JUAN DAVID ESCOBAR LOPEZ y KATHERINE ALEJANDRA ELGUETA ELGUETA, ambos con domicilio en Calle Nueva N° 39, A1, comuna de Pirque: Realizaron Cesión y Transformación Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD ESCOBAR LOPEZ ELECTRICIDAD Y CONSTRUCCION LIMITADA”. ANTECEDENTES. a) La sociedad “SOCIEDAD ESCOBAR LOPEZ ELECTRICIDAD Y CONSTRUCCION LIMITADA”, se constituyó por escritura pública de fecha 17 de julio de 2013, suscrita ante RAÚL IVÁN PERRY PEFAUR, Abogado, Notario Público de la 21° Notaria de Santiago, con oficio calle Ahumada N° 312, oficina 236, comuna de Santiago; un extracto de dicha escritura fue inscrito en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago a fojas 59.485, número 39.214 correspondiente al año 2013.- SOCIOS Y CAPITAL: $1.000.000 de pesos.- Los socios son JUAN DAVID ESCOBAR LOPEZ, con un 99 por ciento de participación social; y KATHERINE ALEJANDRA ELGUETA ELGUETA, con un 1 por ciento de participación social. CESION DE DERECHOS: La socia KATHERINE ALEJANDRA ELGUETA ELGUETA ha decidido retirarse de la sociedad y en atención a los requisitos legales de las Sociedades de Responsabilidad Limitada, se realiza la siguiente cesión de derechos, sólo para efectos de la transformación que sigue más adelante; en este acto, doña KATHERINE ALEJANDRA ELGUETA ELGUETA quien sale de la sociedad, vende, cede y transfiere el total de sus derechos sociales equivalentes al 1 por ciento del capital social a don JUAN DAVID ESCOBAR LOPEZ, quien los compra, acepta y adquiere para sí, por el precio de $100.000 pesos, los que paga en este acto y en dinero en efectivo a la cedente. La cedente o vendedora declara aceptar dicha forma de pago, a su más completa satisfacción, en dicho precio se entendió transigida cualquier suma u otra diferencia u omisión que, por cualquier otro capítulo, pudiera haber correspondido a la cedente en la sociedad. Las partes de la cesión de derechos renunciaron expresamente a las acciones resolutorias de la presente cesión de derechos. A consecuencia de lo anterior JUAN DAVID ESCOBAR LOPEZ, queda con el 100 por ciento de los derechos sociales. TRANSFORMACIÓN: Conforme a la cláusula precedente se viene en transformar la Sociedad de Responsabilidad Limitada “SOCIEDAD ESCOBAR LOPEZ ELECTRICIDAD Y CONSTRUCCION LIMITADA” en una Sociedad por Acciones.- Razón Social: “SOCIEDAD ESCOBAR LOPEZ ELECTRICIDAD Y CONSTRUCCION SpA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía la expresión “SELEC SpA”. Objeto social: El objeto de la sociedad será: La actividad de Electricidad industrial, domestica, o equivalentes y construcción de muebles e inmuebles de cualquier naturaleza en terrenos propios o ajenos, por cuenta propia o de terceros, los que podrán ser destinados a permanecer en el patrimonio social, o bien podrán ser arrendados, vendidos o enajenados a cualquier título. Se comprende también dentro del objeto la adquisición a cualquier título de bienes raíces para lotearlos, urbanizarlos, construir en ellos, enajenarlos, hipotecarlos, arrendarlos o administrarlos, pudiendo la sociedad actuar en cualquier negocio de electricidad y/o inmobiliario, o de inversión, en el estudio y ejecución de obras de ingeniería o arquitectura y en cualquier otro relacionado con el objeto social.- Representación, administración y uso razón social: Será ejercida por don JUAN DAVID ESCOBAR LOPEZ, con amplias facultades, según escritura extractada.- Capital: $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, que corresponde al capital de la sociedad que por este acto se transforma, completamente suscrito y pagado.- Duración: Indefinida.- Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales o agencias que se establezcan en el país o en el extranjero.- Otras estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 16 de febrero de 2024.-