COSTAMAR GOURMET SpA
Instrumento
- Fecha
- 12 de enero de 2024
- Notario
- PABLO MARTINEZ LOAIZA
- Oficio
- Primera Notaria de La Reina
- Comuna
- La Reina
Sociedad
- Capital
- $45.100.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La Sociedad tendrá por
Administración
Se elimina el Directorio y toda su regulación y en su lugar se establece que la administración corresponderá a un Gerente General y uno o más Administradores, quienes representarán a la Sociedad en la forma y con las facultades que se detallan en la escritura. Dos) Estatuto Refundido. Para mayor orden y claridad, se fija un nuevo estatuto refundido de la Sociedad, el cual se extracta a continuación:
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPABLO MARTINEZ LOAIZA, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaria de La Reina, con oficio en Avenida Príncipe de Gales número cinco mil ochocientos cuarenta y uno, comuna de La Reina, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 12 de enero de 2024, ante mí, repertorio número 711 - 2024; don ESTEBAN JOSÉ COSTA NAVARRO, cédula nacional de identidad número 18.391.097-3, don MATÍAS MÁRQUEZ FUENZALIDA, cédula nacional de identidad número 18.166.457-6, doña MARÍA SOLEDAD PÉREZ DE ARCE ERRÁZURIZ, cédula nacional de identidad número 19.201.020-9, y DESARROLLO E INVERSIONES GEMEPE SpA, rol único tributario número 77.700.555-3, en su calidad de únicos y actuales accionistas, modificaron la sociedad por acciones COSTAMAR GOURMET SpA, Rol Único Tributario número 76.898.736-K, en los siguientes términos: Uno) Administración. Se elimina el Directorio y toda su regulación y en su lugar se establece que la administración corresponderá a un Gerente General y uno o más Administradores, quienes representarán a la Sociedad en la forma y con las facultades que se detallan en la escritura. Dos) Estatuto Refundido. Para mayor orden y claridad, se fija un nuevo estatuto refundido de la Sociedad, el cual se extracta a continuación: RAZÓN SOCIAL: “COSTAMAR GOURMET SpA”, pudiendo también usar, como nombre de fantasía, y para fines publicitarios, tributarios, comerciales y bancarios, la denominación “DE COSTA A COSTA GOURMET”; OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto: a) la producción, elaboración, comercialización y distribución, por cuenta propia o través de terceros, de toda clase de alimentos destinados al consumo humano; b) la explotación de restaurantes, pubs, fuentes de soda y cualquier otro tipo de establecimiento relacionado con la gastronomía y el esparcimiento; c) la organización y realización de todo tipo de eventos y banquetes en todas sus formas; d) el suministro de comida a domicilio; e) la representación, administración y explotación de derechos de propiedad industrial e intelectual relativos a marcas, nombres comerciales, rótulos, establecimientos, modelo de utilidad, diseños derechos autor, “know-how”, patentes y franquicias; f) la compra, venta, dación en pago, adquisición y enajenación, arrendamiento, subarrendamiento y todo tipo de explotación de bienes muebles e inmuebles nacionales o extranjeros; ; g) en general, ejecutar actos de cualquiera de los ramos y/o giros mencionados en las letras precedentes, como asimismo, de otros ramos y/o giros que los socios acuerden en el futuro, pudiendo celebrar y ejecutar todo tipo de actos y contratos civiles, mercantiles o administrativos conducentes al cumplimiento de sus fines, por cuenta propia o ajena ya sea que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las sucursales, agencias o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero. DURACIÓN: Indefinida. ADMINISTRACIÓN: La administración y representación de la Sociedad corresponderá a las personas que se indican a continuación: i) ESTEBAN JOSÉ COSTA NAVARRO, en calidad de Gerente General; y ii) a MATÍAS MÁRQUEZ FUENZALIDA, MARÍA SOLEDAD PÉREZ DE ARCE ERRÁZURIZ, FRANCISCO JAVIER MUJICA SOTOMAYOR, JAVIER ANDRÉS PLAZA BUSTAMANTE, y RODRIGO ALEJANDRO GONZÁLEZ BEIZÁN, todos en calidad de Administradores, quienes actuarán en la forma y con las facultades y limitaciones que en la escritura se indican. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $45.100.000, dividido en 28.715 acciones, sin valor nominal, nominativas, de una misma serie. El capital social se encuentra íntegramente suscrito y pagado en la forma establecida en el Artículo Primero Transitorio de los estatutos. “Artículo Primero Transitorio: Suscripción y Pago del Capital. El capital de la Sociedad es la cantidad de $45.100.000, dividido en 28.715 acciones, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas con anterioridad a esta fecha, en las siguientes proporciones: a) don ESTEBAN JOSÉ COSTA NAVARRO suscribió y pagó la cantidad de 15.678 acciones, que corresponden al 54,6% del total de acciones emitidas, equivalentes a 24.624.600 de pesos; b) don MATÍAS MÁRQUEZ FUENZALIDA suscribió y pagó la cantidad de 1.608 acciones, que corresponden al 5,6% del total de acciones emitidas, equivalentes a 2.525.600 de pesos; c) doña MARÍA SOLEDAD PÉREZ DE ARCE ERRÁZURIZ suscribió y pagó la cantidad de 2.814 acciones, que corresponden al 9,8% del total de acciones emitidas, equivalentes 4.419.800 de pesos; y d) la sociedad DESARROLLO E INVERSIONES GEMEPE SpA suscribió y pagó la cantidad de 8.615 acciones, que corresponden al 30% del total de acciones emitidas, equivalentes a 13.530.000 de pesos.” Demás estipulaciones constan en la escritura extractada. Santiago, 13 de febrero de 2024.