CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

CAMALU SpA

CVE 2459027
Fecha instrumento
30 de enero de 2024
Notaría
Vitacura
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
30 de enero de 2024
Repertorio
360
Comuna
Vitacura

Sociedad

Domicilio
Santiago, en la Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será: La importación, exportación, fabricación, producción, compra, venta, consignación, comercialización, intermediación, representación y distribución de toda clase de productos químicos y químicos farmacéuticos para usos industriales y)o domésticos; la administración, operación y explotación bajo cualquier forma y)o denominación de todo tipo de establecimientos comerciales para la venta de estos productos químicos y químicos farmacéuticos; la prestación de todo tipo de asesorías profesionales que digan relación con el objeto social; la venta al por menor de productos farmacéuticos y medicinales en comercios especializados y otros servicios de atención de la salud humana prestados por empresas. Todo lo señalado podrá ser realizado actuando directa o indirectamente, con todo tipo de personas naturales, jurídicas, instituciones fiscales, semifiscales y privadas de cualquier orden, nacionales o extranjeras. En general la sociedad podrá efectuar toda clase de actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con sus fines y que sean conducentes para el logro de los objetivos sociales, sin limitación alguna y sin perjuicio de cualquier otra actividad comercial que acuerden los accionistas de consuno, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, sin otro requisito previo que la voluntad de emprenderlas

Administración

La sociedad será administrada y representada exclusivamente por el don Gerardo Rodrigo Alfredo Peñafiel Díaz, rol único tributario número once millones novecientos treinta y ocho mil noventa y seis guion cero, con facultades señaladas en escritura constitutiva

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARISOL CORVALÁN GUERRERO, Notaria Interina de la Primera Notaría de Vitacura, con Oficio en Avenida Vitacura 6844 Vitacura, certifica: por escritura de fecha 30 de enero de 2024, ante mí, bajo el Repertorio Nº360, don GERARDO RODRIGO ALFREDO PEÑAFIEL DÍAZ, chileno, casado, Licenciado en Química, cédula de identidad y rol único tributario número once millones novecientos treinta y ocho mil noventa y seis guion cero, en representación según se acreditará de INVERSIONES LAS LLUVIAS SpA, sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos dieciséis mil treinta y ocho guion tres, ambos con domicilio comercial para estos efectos en calle Tauro número nueve mil doscientos dieciocho, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, constituyó una sociedad por acciones NOMBRE: “CAMALU SpA”.- DOMICILIO: Santiago, en la Región Metropolitana. DURACION: Indefinida.- OBJETO: El objeto de la sociedad será: La importación, exportación, fabricación, producción, compra, venta, consignación, comercialización, intermediación, representación y distribución de toda clase de productos químicos y químicos farmacéuticos para usos industriales y/o domésticos; la administración, operación y explotación bajo cualquier forma y/o denominación de todo tipo de establecimientos comerciales para la venta de estos productos químicos y químicos farmacéuticos; la prestación de todo tipo de asesorías profesionales que digan relación con el objeto social; la venta al por menor de productos farmacéuticos y medicinales en comercios especializados y otros servicios de atención de la salud humana prestados por empresas. Todo lo señalado podrá ser realizado actuando directa o indirectamente, con todo tipo de personas naturales, jurídicas, instituciones fiscales, semifiscales y privadas de cualquier orden, nacionales o extranjeras. En general la sociedad podrá efectuar toda clase de actos y contratos que se relacionen directa o indirectamente con sus fines y que sean conducentes para el logro de los objetivos sociales, sin limitación alguna y sin perjuicio de cualquier otra actividad comercial que acuerden los accionistas de consuno, todo ello dentro del marco de las normas constitucionales, legales y reglamentarias vigentes, sin otro requisito previo que la voluntad de emprenderlas.- CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, divididos en doscientas acciones que se suscriben y enteran en la forma establecida en las disposiciones transitorias de la escritura extractada.- ADMINISTRACIÓN: La sociedad será administrada y representada exclusivamente por el don Gerardo Rodrigo Alfredo Peñafiel Díaz, rol único tributario número once millones novecientos treinta y ocho mil noventa y seis guion cero, con facultades señaladas en escritura constitutiva.- Demás estipulaciones constan en escritura que extracto.- Santiago, 15 de febrero de 2024.-