TECNOLOGIA E INSUMOS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 6 de febrero de 2024
- Repertorio
- 192
- Notario
- ALEJANDRA ANGULO SANDOVAL
- Domicilio
- Unión
- Comuna
- Río Bueno e inscrita a fojas sesenta
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALEJANDRA ANGULO SANDOVAL, Abogado, Notario Público Titular de La Unión, con oficio ubicado en calle Ramírez N° 631, certifico: Por Escritura Pública de fecha 06 de Febrero de 2024, Repertorio N° 192, ante mí, HARDY WLADIMIR RIVERA AZÓCAR, chileno, casado, jubilado, Cédula Nacional de Identidad número siete millones ochocientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos ocho guión siete, domiciliado en Parque Jardín del Edén, número tres mil trescientos ochenta, comuna de La Florida, Santiago, de paso por esta ciudad; BRYAN ALEXIS TORRES ZAPATA, chileno, soltero, ingeniero civil, Cédula Nacional de Identidad número diecinueve millones cinco mil novecientos treinta guión ocho, domiciliado en domiciliado en el sector de Cuinco Alto, comuna de La Unión, y JULIO CÉSAR TORRES AZÓCAR, chileno, soltero, comerciante, Cédula Nacional de Identidad número diez millones trescientos diez mil trescientos cuarenta y cuatro guión cuatro, domiciliado en el sector de Cuinco Alto, comuna de La Unión, modificaron TECNOLOGÍA E INSUMOS LIMITADA o TECHNOMILK LIMITADA, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos sesenta y un mil seiscientos ochenta y uno guión cinco, constituida mediante escritura pública de fecha veintitrés de abril del año dos mil trece, otorgada ante la Notario Público de Río Bueno doña María Lidia Díaz Díaz, e inscrita a fojas cincuenta, número treinta, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Unión, correspondiente al año dos mil trece; modificada, por escritura pública de fecha catorce de mayo del año dos mil trece, de la Notaría de Río Bueno e inscrita a fojas sesenta, número treinta y ocho, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de La Unión, correspondiente al año dos mil trece. Modificación consiste: Don HARDY WLADIMIR RIVERA AZÓCAR, vende, cede y transfiere a don BRYAN ALEXIS TORRES ZAPATA, quien compra, acepta y adquiere para sí, el cien por ciento de la participación y derechos sociales que le corresponden en la sociedad en cuestión, por lo que desde el otorgamiento de la escritura respectiva, serán socios don JULIO CÉSAR TORRES AZÓCAR, con un sesenta y seis coma siete por ciento de participación en los derechos sociales en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso y don BRYAN ALEXIS TORRES ZAPATA, con un treinta y tres coma tres por ciento de participación en los derechos sociales en cuanto a capital e ingresos proporcionales acumulados, en su caso. Asimismo, en cuanto a la representación, administración y uso de la razón social, esta corresponderá indistintamente a cualquiera de ambos socios, quienes representarán a la sociedad con amplias facultades indicadas en la cláusula séptima del estatuto constitutivo. En todo lo no modificado, siguen vigentes las disposiciones del pacto social primitivo. DOY FE. La Unión, 06 de febrero de 2024.